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Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17/03/2023.
Entrada en vigor:
01/04/2023
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2023-6967
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/2023/03/16/2/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 16/03/2023
  • Fecha de publicación: 17/03/2023
  • Fecha de entrada en vigor: 01/04/2023
  • Entrada en vigor, con la salvedad indicada en la disposición final 10, el 1 de abril de 2023.
  • las derogaciones del Real Decreto 302/2019, de 26 de abril y de la disposición final 2 del Real Decreto-ley 26/2018, de 28 de diciembre, se establecen por la modificación del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA la disposición final 10, por Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (Ref. BOE-A-2023-15135).
  • SE PUBLICA Acuerdo de convalidación, por Resolución de 30 de marzo de 2023 (Ref. BOE-A-2023-8221).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • la disposición final 4 de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-21652).
    • con efectos desde el 1 de abril de 2023, Real Decreto 302/2019, de 26 de abril (Ref. BOE-A-2019-6298).
    • la disposición adicional 5 del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-17992).
    • con efectos desde el 1 de abril de 2023, la disposición final 2 del Real Decreto-ley 26/2018, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-17990).
    • con efectos desde el 1 de enero de 2025, el art. 58.4; MODIFICA y AÑADE determinados preceptos, en la forma indicada, a la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11724).
  • MODIFICA:
    • la disposición derogatoria única.k), las finales 4.7 y 13.c); AÑADE la transitoria 5 al Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero (Ref. BOE-A-2023-625).
    • la disposición transitoria 3 del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio (Ref. BOE-A-2022-12482).
    • el art. 17.9 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3824).
    • el art. 49.e) de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11719).
    • el art. 37.6 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el art. 103 de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio (Ref. BOE-A-2015-8343).
    • la disposición adicional 18 de la Ley de Clases Pasivas del Estado, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril (Ref. BOE-A-1987-12636).
  • AÑADE la disposición adicional 5 a la Ley 47/2015, de 21 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11346).

Materias

  • Alumnos
  • Artistas
  • Asistencia farmacéutica
  • Asistencia sanitaria
  • Asistencia social
  • Clases Pasivas
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Enfermedades
  • Enseñanza de Formación Profesional
  • Enseñanza Universitaria
  • Estatuto de los Trabajadores
  • Familia
  • Fondos de pensiones
  • Igualdad de género
  • Incapacidades laborales
  • Jornada laboral
  • Jubilación
  • Pensiones
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