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Real Decreto 184/2022, de 8 de marzo, por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 19/03/2022.
Entrada en vigor:
20/03/2022
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2022-4361
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/03/08/184/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 08/03/2022
  • Fecha de publicación: 19/03/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 20/03/2022

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA la sección III del capítulo II y el art. 11, por Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (Ref. BOE-A-2023-15135).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD el art. 10 y se regula la información a remitir a las distintas Administraciones: Orden TED/445/2023, de 28 de abril (Ref. BOE-A-2023-10707).

Referencias anteriores

  • DEROGA el título IV y las referencias indicadas del Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo (Ref. BOE-A-2014-3376).
  • MODIFICA la disposición adicional 4 del Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo (Ref. BOE-A-2021-4239).
  • DE CONFORMIDAD con:

Materias

  • Autorizaciones
  • Consumidores y usuarios
  • Contratos
  • Distribución de energía
  • Electricidad
  • Empresas
  • Energía eléctrica
  • Estaciones de servicio
  • Precios
  • Reglamentaciones técnicas
  • Vehículos de motor

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