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Ley 8/2022, de 11 de noviembre, de sucesión voluntaria paccionada o contractual de las Illes Balears.

Publicado en:
«BOIB» núm. 148, de 17/11/2022, «BOE» núm. 290, de 03/12/2022.
Entrada en vigor:
17/01/2023
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Referencia:
BOE-A-2022-20278
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ib/l/2022/11/11/8/con

Índice: «Última actualización, publicada el 17/11/2022»

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones comunes

TÍTULO II. La sucesión contractual de las islas de Mallorca y Menorca

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. La donación universal de bienes presentes y futuros

CAPÍTULO III. La definición

Sección 1.ª Disposiciones generales

Sección 2.ª El pacto de definición limitada a la legítima

Sección 3.ª El pacto de definición amplia o por más de la legítima

TÍTULO III. La sucesión paccionada en las islas de Eivissa y Formentera

CAPÍTULO I. Disposiciones generales de los pactos sucesorios

CAPÍTULO II. Sobre los pactos de institución

Sección 1.ª Aspectos generales

Sección 2.ª Pactos de institución a título universal

Sección 3.ª Pactos de institución a título singular

CAPÍTULO III. Sobre los pactos de finiquito o de renuncia

Sección 1.ª Aspectos generales

Sección 2.ª Pacto de finiquito limitado a la legítima

Sección 3.ª Pacto de finiquito no limitado a la legítima

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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