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Orden SND/403/2020, de 11 mayo, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de otros países a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 12/05/2020.
Entrada en vigor:
15/05/2020
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2020-4932
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2020/05/11/snd403/con

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/05/2020
  • Fecha de publicación: 12/05/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 15/05/2020
  • Efectos desde las 00:00 horas del 15 de mayo de 2020.
  • Vigencia en la forma indicada en la disposición final 2.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente desde las 00:00 horas del 21 de junio de 2020.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • el art. 2.5, por Orden SND/518/2020, de 11 de junio (Ref. BOE-A-2020-6024).
    • el art. 2.2, por Orden SND/439/2020, de 23 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5264).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 4 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3692).
    • el art. 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1986-10498).
  • CITA Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio (Ref. BOE-A-1981-12774).

Materias

  • Enfermedades
  • Epidemias
  • Estado de alarma
  • Libre circulación de personas
  • Sanidad
  • Viajeros

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