Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 04/11/2020.
Entrada en vigor:
09/11/2020
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Efectos de la prórroga desde las 00:00 horas del 9 de noviembre de 2020 hasta las 00:00 horas del 9 de mayo de 2021.
Esta norma ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores
SE DECLARA en el Recurso 5342/2020, la inconstitucionalidad y nulidad de la disposición transitoria única y de lo indicado del art. 2 y de la disposición final 1, por Sentencia 183/2021, de 27 de octubre (Ref. BOE-A-2021-19512).
SE DICTA DE CONFORMIDAD sobre limitación de vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles: Orden PCM/1237/2020, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-16822).
Referencias anteriores
MODIFICA los arts. 9, 10, 14, AÑADE la disposición adicional 2, RENUMERA la disposición adicional única y PRORROGA con los efectos indicados el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre (Ref. BOE-A-2020-12898).
DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio (Ref. BOE-A-1981-12774).
Materias
Comunidades Autónomas
Control parlamentario
Delegación de atribuciones
Epidemias
Estado de alarma
Libre circulación de trabajadores
Municipios
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico