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Instrucción 2/2019, de 18 de febrero, de la Junta Electoral Central, sobre aplicación de las disposiciones legales en relación a los gastos electorales, las subvenciones para el envío directo de propaganda electoral y la contabilidad electoral, en caso de concurrencia de elecciones locales, autonómicas y al Parlamento Europeo.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22/02/2019.
Entrada en vigor:
23/02/2019
Departamento:
Junta Electoral Central
Referencia:
BOE-A-2019-2444
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ins/2019/02/18/2/con

ANÁLISIS

  • Rango: Instrucción
  • Fecha de disposición: 18/02/2019
  • Fecha de publicación: 22/02/2019
  • Fecha de entrada en vigor: 23/02/2019
  • Aplicable desde el 23 de febrero de 2019.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE SUSTITUYE el apartado 3, por Instrucción de 11 de marzo de 2019 (Ref. BOE-A-2019-3565).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
  • DE CONFORMIDAD con el art. 131.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio (Ref. BOE-A-1985-11672).

Materias

  • Comunidades Autónomas
  • Elecciones
  • Elecciones autonómicas
  • Elecciones locales
  • Gastos electorales
  • Parlamento Europeo
  • Propaganda electoral
  • Subvenciones

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