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Real Decreto 652/2017, de 23 de junio, por el que se establece el título de Técnico en actividades ecuestres y se fijan los aspectos básicos del currículo.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 08/07/2017.
Entrada en vigor:
09/07/2017
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-7982
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2017/06/23/652/con

Índice: «Última actualización, publicada el 08/07/2017»

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores

CAPÍTULO III. Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto

CAPÍTULO IV. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Módulos profesionales

ANEXO II . Espacios

ANEXO III A) . Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de Técnico en actividades ecuestres

ANEXO III B) . Titulaciones habilitantes a efectos de docencia

ANEXO III C) . Titulaciones requeridas para impartir los módulos profesionales que conforman el título en los centros de titularidad privada, de otras Administraciones distintas de la educativa y orientaciones para la Administración educativa

ANEXO III D) . Titulaciones habilitantes a efectos de docencia para impartir módulos profesionales que conforman el título para los centros de titularidad privada, de otras Administraciones distintas a la educativa y orientaciones para la Administración educativa

ANEXO IV . Convalidaciones

ANEXO V A) . Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, con los módulos profesionales para su convalidación

ANEXO V B) . Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación


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