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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Instrucción de 19 de diciembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se establecen los datos de identificación adicionales que deben ser declarados por las entidades de crédito al Fichero de Titularidades Financieras, a fin de la adecuada identificación de intervinientes, cuentas y depósitos.

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 27/01/2015.
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2015-704
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ins/2014/12/19/(1)/con

ANÁLISIS

  • Rango: Instrucción
  • Fecha de disposición: 19/12/2014
  • Fecha de publicación: 27/01/2015
  • Efectos desde el 28 de enero de 2015.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN sobre los datos de identificación adicionales a declarar por las entidades de crédito al FTF: Instrucción de 2 de julio de 2015 (Ref. BOE-A-2015-13583).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con el art. 43 del Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo (Ref. BOE-A-2014-4742).
  • CITA Ley 10/2010, de 28 de abril (Ref. BOE-A-2010-6737).

Materias

  • Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias
  • Delitos monetarios
  • Entidades de crédito
  • Información
  • Registros administrativos

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