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Artículo 28. Igualdad de remuneración por razón de sexo.
STS 4203/2020 (03/12/2020). Social
Derecho y cantidad. Trabajador contratado conforme Programa Empleo Decreto Ley 6/2014 por Ayuntamiento sin Convenio Colectivo. No procede abono salario norma convencional sectorial cuando Ayuntamiento no participa en negociación.
STS 3822/2020 (28/10/2020). Social
Se cuestiona si se ha de aplicar al trabajador recurrente el convenio colectivo del Concello de Viveiro. El convenio se ha de aplicar al recurrente en casación unificadora, aunque la categoría del trabajador no esté incluida en dicho convenio colectivo.
STS 2633/2020 (16/07/2020). Social
Ayuntamiento de ALHENDÍN. Contratación temporal en el ámbito de la Administración Local. Distinción en los regímenes retributivos. Aplicación del Convenio Colectivo sectorial. Reitera doctrina.
STS 1548/2020 (21/05/2020). Social
Diferencias salariales. Corporación local sin Convenio Colectivo propio. Contratación al amparo de ayuda autonómica. La norma carece de competencias para establecer condiciones de trabajo. Se ha de estar a lo establecido en el contrato de trabajo.
STS 344/2020 (23/01/2020). Social
Extinción del contrato por finalización de deportistas profesionales. Derecho a la percepción de la indemnización art. 49.1c) ET, incluso aunque el deportista pudiera ser considerado como “de élite”. Aplica doctrina STS (Pleno) Rcud. 3957/2016
STS 3559/2019 (22/10/2019). Social
Doble escala salarial. Distinta regulación de complemento personal, dependiendo de la fecha de ingreso en la empresa. La empleadora no aporta una justificación objetiva y razonable de la diferencia de trato. Reitera doctrina
STS 3558/2019 (22/10/2019). Social
ENCE ENERGÍA Y CELULOSA. Doble escala salarial en función de la fecha de ingreso. Complemento de antigüedad. Reitera doctrina STS/4ª de 5 marzo 2019 (rcud. 1478/2018 y rcud. 2174/2018) y 18 marzo 2019 (rcud. 1393/2018).
STS 3375/2019 (08/10/2019). Social
Declara la existencia de doble escala salarial. No se trata de complemento con cuantía estable y consolidada, sino que solo lo percibe un grupo de trabajadores y se va revalorizando e incrementando con repercusión también a efectos de Seguridad Social.
STS 1359/2019 (05/03/2019). Social
Desestima el recurso de la empresa porque existe doble escala salarial, porque el complemento solo lo perciben un grupo de trabajadores sin que la empleadora justifique la diferencia de trato en atención a la fecha de ingreso en la empresa.
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