Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, sobre medidas de seguridad privada.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18/02/2011.
Entrada en vigor:
18/08/2011
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2011-3171
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2011/02/01/int317/con

Índice: «Modificación publicada el 07/08/2013»

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Medidas de seguridad generales

CAPÍTULO II. Medidas de seguridad específicas en entidades de crédito

CAPÍTULO III. Medidas de seguridad en otros establecimientos

Sección 1.ªJoyerías y platerías, galerías de arte y tiendas de antigüedades

Sección 2.ª Estaciones de servicio y unidades de suministro de combustibles y carburantes

Sección 3.ª Oficinas de farmacia, administraciones de lotería y despachos integrales de apuestas mutuas y establecimientos de juego

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Relación de Normas UNE o UNE-EN que resultan de aplicación en las medidas de seguridad privada

ANEXO II. Límites de cuantías


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid