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Real Decreto 1829/2011, de 23 de diciembre, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 24/12/2011.
Entrada en vigor:
24/12/2011
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2011-20099
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2011/12/23/1829/con

Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 24/12/2011»

El presente Real Decreto se entiende implícitamente derogado por el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.Ref. BOE-A-2016-10459

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[Bloque 2: #preambulo]

Constituido el nuevo Gobierno, y tras la aprobación del Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, se hace necesario proceder a la creación de Subsecretarías en aquellos Departamentos de nueva creación. En su virtud, a iniciativa de los Ministros interesados, a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Publicas, y de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado,

DISPONGO:

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[Bloque 3: #aunico]

Artículo único. Creación de Subsecretarías.

Se crean los siguientes órganos directivos:

Subsecretaría de Hacienda y Administraciones Públicas.

Subsecretaría de Educación, Cultura y Deporte.

Subsecretaría de Empleo y Seguridad Social.

Subsecretaría de Industria, Energía y Turismo.

Subsecretaría de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Subsecretaría de Economía y Competitividad.

Subsecretaría de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

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[Bloque 4: #dfprimera]

Disposición final primera. Supresión de órganos.

Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:

Subsecretaría de Economía y Hacienda.

Subsecretaría de Educación.

Subsecretaría de Trabajo e Inmigración.

Subsecretaría de Industria, Turismo y Comercio.

Subsecretaría de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Subsecretaría de Política Territorial y Administración Pública.

Subsecretaría de Cultura.

Subsecretaría de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Subsecretaría de Ciencia e Innovación.

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[Bloque 5: #dfsegunda]

Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias.

Por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas se realizarán las modificaciones presupuestarias y habilitaciones de créditos precisas para el cumplimiento de lo previsto en este real decreto.

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[Bloque 6: #dftercera]

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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[Bloque 7: #firma]

Dado en Madrid, el 23 de diciembre de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas,

CRISTÓBAL MONTORO ROMERO

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Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid