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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 931/2010, de 23 de julio, por el que se regula el procedimiento de certificación de proveedores civiles de servicios de navegación aérea y su control normativo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 07/08/2010.
Entrada en vigor:
08/08/2010
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2010-12705
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2010/07/23/931/con

Índice: «Última actualización, publicada el 13/05/2020»

Norma derogada, con efectos de 14 de mayo de 2020, por la disposición derogatoria del Real Decreto 515/2020, de 12 de mayo. Ref. BOE-A-2020-4961

Téngase en cuenta la disposición transitoria única del citado Real Decreto, en cuanto a la prórroga de los certificados vigentes a la entrada en vigor del Real Decreto 515/2020.

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Procedimiento de certificación

CAPÍTULO III. Disposiciones específicas para la renovación o modificación de la certificación

CAPÍTULO IV. Control normativo continuado

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Formulario de solicitud

ANEXO II. Documentación mínima que debe acompañarse a la solicitud

ANEXO III. Clasificación de los servicios de navegación aérea

ANEXO IV. Modelo de certificado

ANEXO V. Plan de inspección genérico

ANEXO VI. Solicitud de aceptación para la introducción de cambios que afecten a la seguridad

ANEXO VII. Documentación que debe adjuntarse a la solicitud de aceptación de cambios que afecten a la seguridad (modelo del anexo VI)

ANEXO VIII. Notificación de cambios no sometidos a aceptación que afectan a la seguridad

ANEXO IX. Documentación que debe aportarse junto a la notificación de cambios no sometidos a aceptación que afectan a la seguridad (modelo del anexo VIII)


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