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Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía.

Índice: «Última actualización, publicada el 16/02/2024»

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO I. Ordenación y atención farmacéuticas

CAPÍTULO II. Establecimientos y servicios farmacéuticos

TÍTULO II. Atención farmacéutica en las oficinas y servicios de farmacia

CAPÍTULO I. Oficinas de farmacia

Sección 1.ª Funciones y servicios de las oficinas de farmacia

Sección 2.ª Requisitos técnico-sanitarios de las oficinas de farmacia

Sección 3.ª Horarios y servicios de guardia

Sección 4.ª Planificación de las oficinas de farmacia

Sección 5.ª Adjudicaciones y autorizaciones de oficinas de farmacia

Sección 6.ª Traslados de las oficinas de farmacia

Sección 7.ª Cierre de las oficinas de farmacia

Sección 8.ª Transmisión de la oficina de farmacia

CAPÍTULO II. Botiquines farmacéuticos

CAPÍTULO III. Unidades de radiofarmacia

CAPÍTULO IV. Atención farmacéutica en centros sanitarios, sociosanitarios y penitenciarios

TÍTULO III. Uso racional de los medicamentos

CAPÍTULO I. Derechos de los pacientes en relación con los tratamientos farmacológicos

CAPÍTULO II. Selección, prescripción, dispensación y administración de medicamentos

CAPÍTULO III. Prestación farmacéutica del Sistema Sanitario Público de Andalucía

TÍTULO IV. Distribución de medicamentos

TÍTULO V. Información de los medicamentos

TÍTULO VI. Régimen de incompatibilidades

TÍTULO VII. Medicamentos estratégicos

TÍTULO VIII. Régimen sancionador

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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