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Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos.

[Disposición anulada]

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 11/11/2006.
Entrada en vigor:
12/11/2006
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2006-19625
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2006/11/10/1301/con

Índice: «Última actualización, publicada el 01/07/2017»

Norma anulada por Sentencia del TS de 30 de mayo de 2014. Ref. BOE-A-2014-7017.

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Donación y obtención de células y tejidos humanos

CAPÍTULO III. Procesamiento, almacenamiento y distribución de células y tejidos humanos

CAPÍTULO IV. Aplicación de células y tejidos

CAPÍTULO V. Sistemas de información, seguimiento y biovigilancia

CAPÍTULO VI. Inspección, evaluación y acreditación e infracciones y sanciones

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Requisitos y condiciones mínimas para las autorizaciones de establecimientos de tejidos y centros o unidades de obtención y aplicación de células y tejidos

ANEXO II. Requerimientos clínicos para la evaluación de los donantes de células y tejidos

ANEXO III. Tests de laboratorio requeridos en la evaluación de los donantes (excepto los donantes de células reproductoras)

ANEXO IV. Selección y evaluación del donante de células reproductoras

ANEXO V. Procedimientos de donación, extracción de células y tejidos y su recepción en el establecimiento de tejidos

ANEXO VI. Información mínima exigida en el sistema de trazabilidad de origen a destino de las células y tejidos humanos obtenidos para su aplicación en humanos

ANEXO VII. Sistema de codificación de células y tejidos

ANEXO VIII. Sistema de biovigilancia


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