Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 01/06/2005.
Entrada en vigor:
02/06/2005
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-8986
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2005/05/25/tas1562/con

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 25/05/2005
  • Fecha de publicación: 01/06/2005
  • Fecha de entrada en vigor: 02/06/2005

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD el art. 2.1, sobre autorización de empleo de tarjetas de débito y de crédito como medio de pago de deudas: Resolución de 26 de diciembre de 2014 (Ref. BOE-A-2015-285).
  • SE DEROGA el art. 28 y las disposiciones adicionales 4 y 5 de la, por Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo (Ref. BOE-A-2013-3362).
  • SE ACTUALIZA lo indicado de la disposición adicional 6, por Resolución de 12 de enero de 2011 (Ref. BOE-A-2011-739).
  • SE MODIFICA arts. 3, 4.1, 17, 32.3, 51, la disposición final 1, las subsecciones 1 y 3 de la sección 8, SE AÑADE un art. 17 bis y las disposiciones adicionales 4 a 7 , por Orden TIN/2777/2010, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-2010-16552).
  • SE DEROGA la disposición adicional 2, por Orden TAS/3859/2007, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-22454).
  • SE MODIFICA determinados preceptos y SE AÑADE una subsección 4 a la sección 8, el art. 42 y la sección 10, por Orden TAS/3512/2007, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-2007-20779).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • aprobando modelos normalizados en materia de aplazamiento de pago de deudas: Resolución de 21 de noviembre de 2006 (Ref. BOE-A-2006-23029).
    • con el art. 27 y la disposición final 1, sobre modelos de documentos de cotización para la liquidación e ingreso de cuotas: Resolución de 17 de noviembre de 2005 (Ref. BOE-A-2005-19696).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • arts. 57.2, 59, 68, 69, 73, 78 y 84, las disposiciones adicionales 2, 7, 8 y la final 1 de la Orden de 26 de mayo de 1999 (Ref. BOE-A-1999-12491).
    • Disposición adicional 7 de la Orden de 22 de febrero de 1996 (Ref. BOE-A-1996-4582).
  • DEJA SIN EFECTO la norma cuarta del art. 1.2, de la Orden TAS/77/2005, de 18 de enero (Ref. BOE-A-2005-1412).
  • DESARROLLA el Reglamento aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Ref. BOE-A-2004-11836).
  • CITA Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Ref. BOE-A-1994-14960).

Materias

  • Cotización a la Seguridad Social
  • Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social
  • Recaudación
  • Seguridad Social
  • Tesorería General de la Seguridad Social

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid