Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BON» núm. 39, de 01/04/2005, «BOE» núm. 108, de 06/05/2005.
Entrada en vigor:
01/07/2005
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-2005-7356
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-nc/lf/2005/03/22/4/con

Índice: «Texto original, publicado el 01/04/2005»

[Preámbulo]

[Artículos]

TÍTULO I. Actividades sometidas a autorización ambiental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

CAPÍTULO I. La autorización ambiental integrada

Sección 1.ª Disposiciones generales

Sección 2.ª Actividades e instalaciones sometidas a autorización ambiental integrada

Sección 3.ª Actividades e instalaciones sometidas a autorización ambiental integrada y evaluación de impacto ambiental

CAPÍTULO II. Autorización de afecciones ambientales

CAPÍTULO III. Autorización de apertura

TÍTULO II. Actividades sometidas a evaluación o informe por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

CAPÍTULO I. Evaluación ambiental estratégica de planes y programas

CAPÍTULO II. Evaluación de impacto ambiental de proyectos

Sección 1.ª Sometimiento de determinados proyectos a evaluación de impacto ambiental de acuerdo con los criterios de selección

Sección 2.ª Proyectos sometidos a evaluación obligatoria de impacto ambiental

CAPÍTULO III. Informes ambientales en otros procedimientos autorizatorios

TÍTULO III. Actividades sometidas a licencia municipal de actividad clasificada

CAPÍTULO I. Licencia municipal de actividad clasificada

Sección 1.ª Disposiciones Generales

Sección 2.ª Actividades clasificadas sometidas a evaluación de impacto ambiental en función de los criterios de selección

Sección 3.ª Actividades clasificadas sometidas a evaluación de impacto ambiental

Sección 4.ª Actividades clasificadas no sometidas a evaluación de impacto ambiental

Subsección 1.ª Procedimiento para la obtención de la licencia municipal de actividad clasificada con el previo informe del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda

Subsección 2.ª Procedimiento para la obtención de la licencia municipal de actividad clasificada sin el previo informe del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda

CAPÍTULO II. Licencia municipal de apertura

TÍTULO IV. Inspección de las actividades sometidas a intervención ambiental

TÍTULO V. Restauración de la legalidad ambiental

CAPÍTULO I. Legalización de actividades sin autorización o licencia

CAPÍTULO II. Medidas aseguradoras, correctoras y deber de reposición de la realidad física alterada

TÍTULO VI. Régimen sancionador

CAPÍTULO I. Infracciones

CAPÍTULO II. Sanciones

CAPÍTULO III. Procedimiento sancionador

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

ANEJO 1. Definiciones

ANEJO 2. Instalaciones sometidas a autorización de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

ANEJO 3. Evaluación de impacto ambiental

ANEJO 4. Instalaciones y actividades sometidas a licencia municipal de actividades clasificadas

[Firma]


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid