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Ley 7/2003, de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia.

Publicado en:
«BORM» núm. 284, de 10/12/2003, «BOE» núm. 47, de 24/02/2004.
Entrada en vigor:
10/05/2004
Departamento:
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Referencia:
BOE-A-2004-3376
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-mc/l/2003/11/12/7/con

Índice: «Última actualización, publicada el 01/06/2022»

[Preámbulo]

TÍTULO I. De los principios generales

TÍTULO II. De la planificación y ordenación del aprovechamiento cinegético y piscícola

CAPÍTULO I. De la clasificación de los terrenos a efectos de la caza

Sección 1.ª De los terrenos cinegéticos

Sección 2.ª De los terrenos no cinegéticos

CAPÍTULO II. De la clasificación de las aguas a efectos de la pesca fluvial

CAPÍTULO III. De los instrumentos de ordenación cinegética y piscícola

CAPÍTULO IV. De las órdenes generales de vedas y de las vedas singulares

TÍTULO III. De la protección y conservación de los recursos y hábitats cinegéticos y piscícolas

CAPÍTULO I. De las medidas de protección de los recursos cinegéticos

CAPÍTULO II. De las medidas de protección de los recursos piscícolas

CAPÍTULO III. De las autorizaciones excepcionales a las medidas de protección de los recursos cinegéticos y piscícolas

CAPÍTULO IV. De las medidas de conservación de los hábitats cinegéticos y piscícolas

Sección 1.ª De las medidas específicas para la conservación del hábitat cinegético

Sección 2.ª De las medidas específicas para la conservación del hábitat piscícola

CAPÍTULO V. Otras disposiciones sobre caza y pesca

TÍTULO IV. De las autorizaciones relativas a la caza y la pesca

TÍTULO V. De la administración y gestión de la caza y pesca fluvial

TÍTULO VI. De la vigilancia de la caza y pesca fluvial

TÍTULO VII. De las infracciones y sanciones en materia de caza y pesca fluvial

CAPÍTULO I. De las disposiciones comunes

CAPÍTULO II. De las infracciones en materia de caza

CAPÍTULO III. De las infracciones en materia de pesca fluvial

CAPÍTULO IV. De las sanciones en materia de caza y pesca fluvial

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO. Especies de la fauna silvestre susceptibles de aprovechamiento en la Región de Murcia


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