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Real Decreto 1127/2003, de 5 de septiembre, por el que se desarrolla el Reglamento (CE) n.º 753/2002 de la Comisión, de 29 de abril de 2002, que fija determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1493/1999 del Consejo, en lo que respecta a la designación, denominación, presentación y protección de determinados productos vitivinícolas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23/09/2003.
Entrada en vigor:
24/09/2003
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2003-17810
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2003/09/05/1127/con

Índice: «Texto original, publicado el 23/09/2003»

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Reglas comunes a todos los productos

CAPÍTULO III. Normas aplicables a mostos, mostos parcialmente fermentados, mostos concentrados, vino nuevo aún en fermentación y vino de uva sobremadura

CAPÍTULO IV. Normas aplicables a los vinos con indicación geográfica y VCPRD

CAPÍTULO V. Normas específicas aplicables a los vinos de calidad producidos en regiones determinadas

CAPÍTULO VI. Normas aplicables sólo a vinos de licor, de aguja y de aguja gasificados

CAPÍTULO VII. Normas aplicables sólo a vinos espumosos

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

ANEXO V

ANEXO VI

ANEXO VII

ANEXO VIII


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