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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 410/2002, de 3 de mayo, por el que se desarrolla el apartado 3 del artículo 17 de la Ley 25/1994, de 12 de julio, modificada por la Ley 22/1999, de 7 de junio, y se establecen criterios uniformes de clasificación y señalización para los programas de televisión.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23/05/2002.
Entrada en vigor:
23/06/2002
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2002-9855
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2002/05/03/410/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 03/05/2002
  • Fecha de publicación: 23/05/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 23/06/2002

Referencias anteriores

  • DESARROLLA el art. 17.3 de la Ley 25/1994, de 12 de julio (Ref. BOE-A-1994-16224).

Materias

  • Menores
  • Normalización
  • Televisión

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