SE DICTA DE CONFORMIDAD con la disposición final 1, se regula procedimiento de pagos a través de cajero; en el exterior; y en divisas: Resolución de 14 de septiembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-15176).
SE MODIFICA:
el apartado 1.3, por Orden PCM/917/2021, de 1 de septiembre (Ref. BOE-A-2021-14456).
con efectos dede el 15 de enero de 2021, las referencias indicadas y con efectos desde el 14 de julio de 2021, los apartados 6, 7, por Orden PCM/7/2021, de 11 de enero (Ref. BOE-A-2021-521).
los apartados 5, 6 y 9; SE SUSTITUYE los anexos II, III y IV y SE SUPRIME el I, por Orden PCI/1077/2018, de 15 de octubre (Ref. BOE-A-2018-14180).
SE DICTA DE CONFORMIDAD:
el apartado 7, para la expedición de las propuestas de pago : Resolución de 27 de marzo de 2018 (Ref. BOE-A-2018-4318).
con el apartado 7.2.e), y establece el procedimiento de pagos a través de agentes mediadores: Resolución de 7 de julio de 2016 (Ref. BOE-A-2016-6719).
SE MODIFICA los apartados 4 a 9, 11, 12, las disposiciones adicional única y final 1 y SE SUSTITUYE lo indicado del anexo 2, por Orden PRE/1136/2013, de 19 de junio (Ref. BOE-A-2013-6709).
SE DICTA DE CONFORMIDAD:
con la disposición final 1, regulando el procedimiento de pagos en divisas: Resolución de 22 de febrero de 2011 (Ref. BOE-A-2011-4475).
el apartado 7.2.e), sobre pagos a traves de los agentes mediadores: Resolución de 30 de abril de 2010 (Ref. BOE-A-2010-7328).
con el apartado 7.2.e), sobre expedición de propuestas de pago en materia de subvenciones: Resolución de 29 de diciembre de 2004 (Ref. BOE-A-2004-21907).
Referencias anteriores
DEROGA, excepto la disposición adicional 2, la Orden de 27 de diciembre de 1995 (Ref. BOE-A-1996-86).
CITA Real Decreto 578/2001, de 1 de junio (Ref. BOE-A-2001-11957).
Materias
Administración General del Estado
Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública
Contabilidad
Dirección General del Tesoro y Política Financiera
Formularios administrativos
Intervención General de la Administración del Estado
Ordenación de gastos y pagos
Organismos autónomos
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico