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Real Decreto 1888/2000, de 22 de noviembre, por el que se establecen las condiciones de sanidad animal aplicables a los intercambios intracomunitarios y las importaciones de aves de corral y de huevos para incubar, procedentes de países terceros.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 22/12/2000.
Entrada en vigor:
23/12/2000
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2000-23503
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2000/11/22/1888/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 22/11/2000
  • Fecha de publicación: 22/12/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 23/12/2000
  • Fecha de derogación: 29/07/2021

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 637/2021, de 27 de julio (Ref. BOE-A-2021-12609).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 4, por Real Decreto 106/2010, de 5 de febrero (Ref. BOE-A-2010-1920).
    • el anexo III, por Orden APA/0771/2003, de 26 de marzo (Ref. BOE-A-2003-6933).

Referencias anteriores

Materias

  • Aves
  • Avicultura
  • Formularios administrativos
  • Huevos
  • Importaciones
  • Intercambios intracomunitarios
  • Sanidad veterinaria

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