Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía.

Publicado en:
«BOJA» núm. 74, de 04/07/1998, «BOE» núm. 185, de 04/08/1998.
Entrada en vigor:
05/07/1998
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1998-18720
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-an/l/1998/06/15/2/con

Índice: «Modificación publicada el 14/06/2023»

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO ÚNICO. Objeto, principios y alcance

TÍTULO II. De los ciudadanos

CAPÍTULO I. Derechos de los ciudadanos

CAPÍTULO II. Obligaciones de los ciudadanos respecto a los servicios de salud

CAPÍTULO III. Efectividad de los derechos y deberes

TÍTULO III. Participación de los ciudadanos

CAPÍTULO I. El Consejo Andaluz de Salud

CAPÍTULO II. De la participación territorial

TÍTULO IV. De las actuaciones en materia de salud

CAPÍTULO I. Salud pública

CAPÍTULO II. Salud laboral

CAPÍTULO III. Asistencia sanitaria

CAPÍTULO IV. Intervención pública en materia de salud

CAPÍTULO V. Infracciones y sanciones

TÍTULO V. El Plan Andaluz de Salud

TÍTULO VI. De las Administraciones Públicas

CAPÍTULO I. Principio general

CAPÍTULO II. Competencias de la Administración de la Junta de Andalucía

CAPÍTULO III. Competencias sanitarias de los municipios

TÍTULO VII. De la ordenación sanitaria

CAPÍTULO I. El Sistema Sanitario Público de Andalucía

CAPÍTULO II. Organización territorial de los servicios sanitarios

CAPÍTULO III. Ordenación funcional

CAPÍTULO IV. Personal

CAPÍTULO V. Atribuciones del Consejo de Gobierno y de la Consejería de Salud

CAPÍTULO VI. Organización y funciones del Servicio Andaluz de Salud

CAPÍTULO VII. Colaboración con la iniciativa privada

TÍTULO VIII. Docencia e investigación sanitarias

CAPÍTULO I. Principios generales

CAPÍTULO II. Atribuciones de la Consejería de Salud

TÍTULO IX. Financiación

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid