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Legislación consolidada

Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio, por el que se determinan los países o territorios a que se refieren los artículos 2.º, apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991, de 27 de mayo, de Medidas Fiscales Urgentes, y 62 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 13/07/1991.
Entrada en vigor:
14/07/1991
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1991-18119
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1991/07/05/1080/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 05/07/1991
  • Fecha de publicación: 13/07/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 14/07/1991

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN y se determinan los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas: Orden HFP/115/2023, de 9 de febrero de 2023 (Ref. BOE-A-2023-3508).
  • SE AÑADE un art. 2 y SE RENUMERA el art. único como 1, por Real Decreto 116/2003, de 31 de enero (Ref. BOE-A-2003-2097).

Referencias anteriores

Materias

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Sistema tributario

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