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Ley 4/1985, de 27 de junio, Reguladora del Justicia de Aragón.

Publicado en:
«BOA» núm. 57, de 02/07/1985, «BOE» núm. 212, de 04/09/1985.
Entrada en vigor:
03/07/1985
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-A-1985-18952
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ar/l/1985/06/27/4/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 27/06/1985
  • Fecha de publicación: 04/09/1985
  • Fecha de entrada en vigor: 03/07/1985
  • Publicada en el BOA núm. 57, de 2 de julio de 1985.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el art. 35.1, por Ley 7/2018, de 28 de junio (Ref. BOE-A-2018-11932).
  • SE DECLARA:
    • en el Recurso 868/1985, la inconstitucionalidad y nulidad del art. 12.2; la constitucionalidad, interpretados según los fj 3 y 5, del art. 2.2 y 3; y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 142/1988, de 12 de julio (Ref. BOE-T-1988-19561).
    • en el Recurso 868/1985, el levantamiento de la suspensión de vigencia de los arts. 2.2 y 3; 12.2, 19.2, 21.1 y 2; y 31.2, por Auto de 6 de marzo de 1986 (Ref. BOE-A-1986-7326).
  • Recurso 868/1985 planteado en relación con los arts. 2.2 y 3; 12.2, 19.2, 21.1 y 2; y 31.2, con suspensión, desde el 2 de octubre de 1985, de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados (Ref. BOE-A-1985-21905).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto (Ref. BOE-A-1982-20819).

Materias

  • Aragón
  • Comunidades Autónomas
  • Defensor del Pueblo

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