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Real Decreto 1521/1984, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de los Establecimientos y Productos de la Pesca y Acuicultura con Destino al Consumo Humano.

Índice: «Última actualización, publicada el 29/03/2013»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

REGLAMENTACIÓN TÉCNICO-SANITARIA DE LOS ESTABLECIMIENTOS Y PRODUCTOS DE LA PESCA Y ACUICULTURA CON DESTINO AL CONSUMO HUMANO

TÍTULO PRELIMINAR. Ámbito de aplicación

TÍTULO PRIMERO. Definiciones

TÍTULO II. Características y condiciones generales de los barcos e industrias

TÍTULO III. Registro General Sanitario

TÍTULO IV. Materias primas y otros ingredientes. Características de los productos terminados

TÍTULO V. Envasado, etiquetado y rotulación

TÍTULO VI. Transporte, venta, exportación e importación

TÍTULO VII. Responsabilidades, competencias e inspecciones

RELACIÓN DE ANEXOS

ANEXO 1. Duración de la aptitud para el consumo de los productos de la pesca

ANEXO 2. Control de cierres de envases de productos de la pesca en conserva y semiconserva

ANEXO 3

ANEXO 4. Denominaciones de los productos conservados (artículo 30°, punto 1, de la Reglamentación)

ANEXO 5. Especies de moluscos susceptibles de ser consumidos en crudo y que obligatoriamente deberán ser depurados

ANEXO 6. Modelos de etiquetas de depuración

ANEXO 7. Determinación de peso escurrido en conservas de pescado


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