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[Bloque 1: #pr]
Ilustrísimos señores:
Las orquestas españolas encuentran graves dificultades para completar sus plantillas debido a la falta de cualificación profesional de los posibles aspirantes. Esta situación es especialmente grave en los instrumentos de cuerda y obliga a las orquestas a recurrir a la contratación de músicos extranjeros con más frecuencia de lo que sería deseable.
Por ello resulta necesario crear la Joven Orquesta Nacional de España, encuadrada en el Organismo Autónomo Orquesta y Coro Nacionales de España, a fin de contribuir al fomento de las vocaciones musicales en nuestro país y proporcionar a los jóvenes competentes de la misma una formación integral, tanto musical como humanística, que les permita desenvolverse profesionalmente en el mundo de la música.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Música y Teatro, con aprobación de la Presidencia del Gobierno, he tenido a bien disponer:
[Bloque 2: #a1]
Se crea, dentro del Organismo Autónomo Orquesta y Coro Nacionales de España, la Joven Orquesta Nacional de España (JONDE), a la que corresponderá, de acuerdo con las directrices de la Dirección General de Música y Teatro del Ministerio de Cultura, el desarrollo de los siguientes objetivos:
a) Fomentar la vocación artística del músico profesional.
b) Estimular a los jóvenes españoles que demuestren inclinación por el cultivo de la música.
c) Promover la creación de orquestas similares en toda España, potenciando las ya existentes mediante la formación y perfeccionamiento de los jóvenes músicos que profesionalmente formen parte de las mismas.
[Bloque 3: #a2]
Los órganos directivos de la JONDE serán los siguientes:
1. La Comisión de Dirección del Organismo Autónomo.
2. El Director de la JONDE.
[Bloque 4: #a3]
El Director de la Orquesta podrá asistir a las reuniones de la Comisión de Dirección, convocadas por el Presidente de la misma, para informar sobre aspectos concretos relativos al funcionamiento de la JONDE.
[Bloque 5: #a4]
El Director de la JONDE será designado por el Ministro de Cultura, a propuesta del Director general de Música y Teatro. Su contratación se realizará por temporadas, dentro de los créditos del Organismo Autónomo destinados a la contratación de personal en régimen de Derecho administrativo.
[Bloque 6: #a5]
La estructura administrativa de la JONDE será la del propio Organismo Autónomo, dependiendo asimismo del presupuesto de dicho Organismo a efectos económicos.
[Bloque 7: #a6]
Anualmente se realizará una convocatoria para participar en las pruebas de admisión de la JONDE. En la misma, además de los requisitos y condiciones que deberán reunir los aspirantes, se determinarán los periodos de trabajo de la Orquesta durante el plazo de vigencia de cada convocatoria.
[Bloque 8: #a7]
Los miembros de la JONDE tendrán condición de becarios durante los períodos de trabajo que desarrollen en la Orquesta. Asimismo, y fuera de dichos períodos, podrán disfrutar de becas, bolsas de viajes y otras ayudas, de acuerdo con las bases que en el futuro se establezcan.
[Bloque 9: #df]
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
[Bloque 10: #fi]
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 17 de octubre de 1983.
SOLANA MADARIAGA
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Música y Teatro.
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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