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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Orden de 7 de noviembre de 1866 resolviendo que la denominación con que será autorizado el uso en España de los Títulos de Conde, Marqués y cualquiera otro concedido á súbditos españoles por el Padre Santo, sea la del apellido del agraciado.

Publicado en:
«Gaceta de Madrid» núm. 312, de 08/11/1866.
Entrada en vigor:
08/11/1866
Departamento:
Ministerio de Gracia y Justicia
Referencia:
BOE-A-1866-9441

Índice: «Última actualización, publicada el 08/11/1866»

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