Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 31/10/2015.
Entrada en vigor:
02/01/2016
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2015-11724
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/30/8/con

JURISPRUDENCIA

Centro de Documentación JudicialComo complemento a la consulta del texto consolidado, puede acceder a una selección de sentencias recientes del Tribunal Supremo, realizada en colaboración con el Centro de Documentación Judicial (CENDOJ).

Esta selección tiene carácter meramente orientativo. Para disponer de información completa y pormenorizada de la jurisprudencia, consulte la base de datos del CENDOJ.


Artículo 174. Extinción del derecho al subsidio.

  • STS 2464/2024 (25/04/2024). Social

    RCUD. Viudedad pareja de hecho no inscrita. Necesidad de acreditación por los mecanismos previstos legalmente y no por cualesquiera admitidos en derecho. Reitera doctrina.

  • STS 251/2024 (17/01/2024). Social

    COMPETENCIA FUNCIONAL e IT: aprecia afectación general, debe abonarse el subsidio por el IT periodo que media entre la Resolución y la notificación al beneficiario de la denegación de la IP y pone fin a la IT. Reitera doctrina rcud. 1289/21

  • STS 5951/2023 (21/12/2023). Social

    Pensión de viudedad. Pareja de hecho no inscrita. Necesidad de acreditación por los mecanismos previstos legalmente y no por cualesquiera admitidos en derecho. Reitera doctrina sentada en STS traída de contraste y las que la siguen.

  • STS 5485/2023 (28/11/2023). Social

    Efectos retroactivos de prestación de S. Social inicialmente denegada y reconocida tras segunda solicitud. Si no hay modificación de circunstancias debe estarse a la fecha de la primera solicitud. Sin perjuicio del plazo de prescripción. Aplica doctrina.

  • STS 4690/2022 (14/12/2022). Social

    Revisión de la pensión de viudedad de cónyuge divorciada que tenía reconocida pensión compensatoria. se solicita aplicación de la DT 18ª.2 LGSS'94 a hechos causantes anteriores a la entrada en vigor de la ley 27/2011. Falta de contradicción.

  • STS 1487/2022 (19/04/2022). Social

    Gran invalidez. Agudeza visual en ambos ojos del 0, 1 en momento de afiliación a la Seg. Soc. y visión inferior al 0, 1 en ambos ojos en momento del hecho causante. Desarrollado trabajo durante 22 años como agente vendedor de cupón en la ONCE. Reitera doc

  • STS 1426/2022 (06/04/2022). Social

    Alta médica de IT. El subsidio debe abonarse hasta la fecha de notificación al interesado. Acceso al recurso de suplicación. No hay cuantía. Pero es notoria la afectación general a través de los numerosos precedentes sobre la misma cuestión. Estima.

  • STS 2168/2021 (25/05/2021). Social

    Pensión de orfandad. Huérfano de padre, sin que la madre tenga reconocida pensión de viudedad por no haber estado casada ni haber constituido pareja de hecho con el causante en los términos del art. 174.3 de la LGSS.

  • STS 513/2021 (04/02/2021). Social

    Prestación por IT de misma o similar patología sin haber transcurrido más de 180 días desde la extinción de la anterior y agotamiento del plazo máximo sin declaración de IP. La decisión denegatoria debe ser objetiva y razonada. Reitera doctrina.

  • STS 4155/2020 (03/12/2020). Social

    Efectos retroactivos del reconocimiento de la pensión de viudedad. Los datos se fijan al momento del fallecimiento del causante, al no haber variado los hechos ni la normativa jurídica que regía al momento de la solicitud inicial. Reitera doctrina.

  • STS 2614/2020 (21/07/2020). Social

    Pensión de viudedad de matrimonio separado que posteriormente reanudó la convivencia sin conocimiento del Juez Civil. Reitera. La parte actora no interpuso recurso de casación para prevenir los efectos del formulado por el INSS.

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid