Contingut no disponible en valencià

Us trobeu en

REVISTA DE JURISPRUDENCIA LABORAL

El plazo convencional de «un mes» establecido como referencia para sancionar las faltas de asistencia injustificadas se computa de fecha a fecha, como mes móvil, y no dentro del mes natural, salvo previsión expresa en contrario.

Últimas descargas del pdf y visualizaciones de la ficha del árticulo
AñoMesDescargasVisualizaciones
2026Abril136491
2026Mayo160757
2026Junio121806
2026Julio3811089
2026Agosto3341020
Totales 1.132 4.163

Ref.: ANU-L-2026-00000003247

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid