Las resoluciones jurisdiccionales de actualidad que se comentan en la entrega de septiembre de la Revista de Jurisprudencia Laboral son las siguientes.
María Emilia Casas Baamonde da cuenta de la STS-CONT 373/2026, de 25 de marzo, que reafirma, a propósito del discutido encuadramiento de los repartidores de plataformas digitales, que los recargos por mora, regulados en los artículos 28 y 30 LGSS no tienen naturaleza sancionadora, pues carecen de finalidad represiva, retributiva o de castigo de una conducta administrativamente ilícita, además de devengarse de forma automática ante el mero vencimiento del plazo reglamentario de ingreso de las cuotas de Seguridad Social.
La STS-CONT 834/2026, de 2 de julio, es objeto de comentario por el Director de la RJL. Analiza la responsabilidad de la sociedad de gananciales por sanciones administrativas impuestas al cónyuge empleador que incumple sus obligaciones con la Seguridad Social. Concluye que la inclusión en el ámbito ganancial de las obligaciones extracontractuales (art. 1366 Código Civil) no puede entrar en juego cuando el cónyuge deudor ha sido sancionado pecuniariamente con una multa. El beneficio para la sociedad conyugal surge por la falta de ingreso de las cuotas, pero no por la infracción, que deriva de un hecho ilícito del que es responsable el cónyuge deudor, por lo que la sanción a uno de los cónyuges no puede considerarse como una deuda de la sociedad de gananciales.
Fernando Lousada Arochena estudia la STS-CONT 868/2026, de 8 de julio, que declara la ilegalidad y anula la prohibición que se contiene en el Reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería de que las empresas de trabajo temporal sean titulares de autorizaciones de residencia y trabajo para actividades de temporada o sean autorizadas por cambio de empleador o en la cadena de concatenaciones de contratos
La STS-SOC 562/2026, de 23 de junio, comentada por Óscar López Bermejo, confirma la sentencia de suplicación que declara nulo el despido disciplinario de una trabajadora por vulneración de la garantía de indemnidad, al considerar como indicio de tal conculcación una conversación entre el empresario y la trabajadora donde ésta muestra su disconformidad con tener que hacer algunas horas de trabajo en sábado. Lo singular del caso es que considera vulnerada la garantía, aunque, en puridad, no existe una reclamación por parte de la trabajadora, sino una mera discrepancia sobre una condición laboral, jugando a favor de la operatividad del principio la proximidad entre la conversación y el despido, pues sólo median entre ambos momentos seis días.
Belén García Romero estudia la STS-SOC 565/2026, de 23 de junio, que, al hilo de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo por causas productivas, analiza el procedimiento seguido para concluir que la negociación se condujo mediante los parámetros de la buena fe, sirviéndonos la resolución para repasar los indicios y criterios que el buen negociar debe cumplir.
La STS-SOC (Pleno) 578/2026, de 30 de junio, examinada por Francisco Vila Tierno aplica, en un asunto de temporalidad abusiva en el sector público, la doctrina previamente fijada por la STS 475/2026, de 11 de mayo, descartando la fijeza cuando no se ha superado un proceso selectivo, desterrando la figura del indefinido no fijo, declarando el abuso de temporalidad producido e implementando una indemnización reparadora.
Ángel Arias Domínguez da cuenta de la SAN-SOC 100/2026, de 1 de junio, que considera que el permiso para concurrir a exámenes del artículo 23.1.a) ET es equiparable a los de carácter retribuido del artículo 37.3 ET, por lo que aboga por una interpretación que considera la retribución de éste como un derecho necesario de carácter mínimo infranqueable por la negociación colectiva.
El ámbito y los límites al control administrativo de los estatutos de asociaciones empresariales y sindicatos es el asunto que aborda la SAN-SOC 109/2026, de 18 de junio, diseccionada por Luisa María Gómez Garrido. Se recuerda que el depósito y registro de los estatutos, así como de sus modificaciones, es un requisito no constitutivo, cuyo control se encomienda a la autoridad administrativa mediante dos vías procesales distintas, una más restringida relativa al cumplimiento de menciones obligatorias de los estatutos, y otra más extensa que permite la valoración de su adecuación a Derecho.
La STSJ-SOC Madrid 524/2026, de 29 de mayo, expuesta por Magdalena Nogueira Guastavino, confirma la improcedencia del despido objetivo de una persona trabajadora al entender que la empresa no acreditó realmente la existencia de una verdadera causa organizativa, pues lo que realmente ese produjo fue una sustitución del trabajador por otro profesional.
La última resolución del número, la STIS Barcelona 17/2026, de 28 de enero, a cargo de Fermín Gallego Moya, entiende justificada la ausencia al trabajo motivada por la urgencia veterinaria grave y sobrevenida de un animal de compañía que desembocó en su eutanasia. Pese al silencio normativo, la resolución prioriza el bienestar animal frente a la obligación prestacional, justificando la ausencia en el deber moral de evitar la prolongación del sufrimiento del animal, en un contexto social en el que en uno de cada tres hogares integra un animal de compañía.
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