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Documento BOE-B-2014-785

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2014, páginas 1072 a 1072 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-785

TEXTO

D/ña. Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 593/2013,en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Talleres Romata, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de Asunto.- Concurso voluntario 593/2013 Sección C5.

NIG del Procedimiento.- 08019 47 1 2013 8002202.

Entidad Concursada.- Talleres Romata, S.L., con CIF n.º B62470794.

Tipo de Concurso.- Voluntario.

Fecha del Auto de Declaración.- 20 de noviembre de 2013.

Administrador Concursal.- D Enric Monfort Aguilar. con DNI 46110780N, domicilio en C/ Tuset, 34, entresuelo D, 08006 Barcelona, teléfono n.º 933683139 y correo electrónico talleresromata@csm-legalconcursal.com

Facultades del concursado:- intervenidas.

Forma de Personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso pormedio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, el domicilio y demás datos de la identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos caracteristicas y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autorice al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 27 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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