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Documento BOE-B-2014-786

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2014, páginas 1073 a 1073 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-786

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 912/2013 en el que se ha dictado con fecha 25/11/13 Auto declarando en estado de concurso a la entidad Harmonia Pla de Ponent, S.L., con CIF B64118722, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2013-8003667.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la suspensión por la adminsitración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Harmonia Pla de Ponent, S.L., con domicilio en Rbla. Catalunya, 98, 7.ª planta, de Barcelona.

Administrador concursal: Don Carlos Zarco Puente, con domicilio en Roselló, 271, 5.º, 1.ª, de Barcelona, con correo electrónico concursal@zarcoabogadosslp.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores.-Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones. Se acompañará copia en forma electrónica encaso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 9 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.

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