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Documento BOE-A-2014-13228

Resolución de 4 de diciembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de noviembre de 2014, por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito para el año 2014 destinado a financiar actividades para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales, por importe de 5.605.000 euros y por la que se indican los requisitos de justificación del gasto.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 19 de diciembre de 2014, páginas 103476 a 103480 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-13228

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión de 7 de noviembre de 2014, ha adoptado el Acuerdo por el que se distribuye el crédito destinado a las Comunidades Autónomas, para financiar actividades para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales.

Para general conocimiento, esta Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades dispone la publicación del citado Acuerdo como Anexo I a la presente resolución. Asimismo, se indican los requisitos de justificación del gasto en el Anexo II de esta resolución.

Madrid, 4 de diciembre de 2014.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Montserrat Gomendio Kindelan.

ANEXO I
Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución a las comunidades autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante del crédito para el año 2014 para financiar actividades para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales, por importe de 5.605.000 euros

De conformidad con el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, quedan formalizados, en los términos que figuran en el anexo, los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación en la reunión celebrada el día 30 de junio de 2014, así como la distribución resultante del crédito destinado al siguiente programa de cooperación territorial:

Denominación

Importe

Euros

Aplicación presupuestaria

Actuaciones destinadas a la evaluación y acreditación de las competencias profesionales.

5.605.000

18.05.322B.454.02

Total

5.605.000

 

La Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, tiene consignado en el Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte un crédito de 15.316.300,00 euros en la aplicación presupuestaria 18.05.322B.454, bajo el epígrafe: «A CCAA para el impulso de la formación profesional» distribuidos en dos aplicaciones presupuestarias, correspondiendo la 18.05.322B.454.02 para la «Evaluación y Acreditación de las Competencias Profesionales», con una cantidad de 5.605.000,00 euros.

El artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, establece que la Conferencia Sectorial correspondiente acordará los criterios objetivos de distribución, así como las distribuciones resultantes, de los créditos destinados al cumplimiento de planes y programas conjuntos referidos a competencias de las Comunidades Autónomas, y que los compromisos financieros resultantes serán formalizados mediante acuerdo del Consejo de Ministros.

La Conferencia Sectorial de Educación acordó los criterios para la distribución territorial de los citados créditos en su reunión celebrada el día 30 de junio de 2014.

Este acuerdo del Consejo de Ministros tiene por objeto exclusivamente la distribución entre las Comunidades Autónomas de las habilitaciones de gasto en qué consisten los créditos presupuestarios, así como su formalización, sin que en ningún caso pueda entenderse que implica la ejecución de los citados créditos presupuestarios, el nacimiento de ningún tipo de obligación económica con cargo a los Presupuestos Generales del Estado a favor de las Comunidades Autónomas, ni, en consecuencia, la existencia de ningún derecho de cobro de las Comunidades Autónomas frente a la Administración General del Estado o sus entidades públicas vinculadas o dependientes.

Por todo ello, se somete a aprobación del Consejo de Ministros el presente acuerdo.

ANEXO
Distribución de crédito para la financiación de actuaciones destinadas a la implementación del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, aprobado por la Comisión General de Educación de la Conferencia de Educación

Para dar cumplimiento y continuidad al Tercer Bloque Plan Estratégico de la Formación Profesional, de los Programas de Cooperación Territorial 2010-2011, se ha aprobado en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2014 un crédito de 15.316.300,00 euros destinados a Comunidades Autónomas para el impulso de la formación profesional.

De esta partida presupuestaria, 5.605.000,00 euros se ejecutarán mediante transferencia a las Comunidades Autónomas para el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y vías no formales de formación. Este crédito debe permitir la continuidad hasta el 31 de diciembre de 2015 de las acciones iniciadas en el año 2011 y desarrolladas a lo largo los cursos 2011-2012, 2012-2013 y 2013-2014.

Los criterios de distribución de esta cantidad han sido los siguientes:

Para el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias la cuantía asignada a cada Comunidad Autónoma ha sido proporcional en base al coeficiente por número de personas en búsqueda de empleo sin estudios profesionalizantes, al coeficiente por número de personas de 30 a 64 años en búsqueda de empleo, al coeficiente por dispersión de población activa y al coeficiente por dispersión territorial de las Administraciones Públicas. El cálculo se hizo teniendo en cuenta los datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística.

 

Evaluación de competencias

Euros

Andalucía

1.102.251,31

Aragón

266.717,74

Asturias, Principado de

143.700,54

Balears, Illes

105.413,35

Canarias

265.679,94

Cantabria

95.223,50

Castilla y León

453.539,17

Castilla-La Mancha

395.363,24

Cataluña

595.569,15

Comunitat Valenciana

531.363,40

Extremadura

319.324,05

Galicia

311.422,86

Madrid, Comunidad de

445.140,25

Murcia, Región de

166.954,78

Navarra, Comunidad Foral de

116.065,73

País Vasco

196.261,90

Rioja, La

95.009,07

 

5.605.000,00

Compromisos de colaboración

Las Comunidades Autónomas se comprometen a las siguientes acciones, en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, durante los años 2014 y 2015, a:

– Realizar acciones destinadas al desarrollo del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral con arreglo al procedimiento previsto en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. No se considerarán a estos efectos las convocatorias efectuadas y finalizadas con anterioridad a la formalización en Consejo de Ministros del presente acuerdo de distribución.

– Llevar a cabo las acciones específicas que se determinen, y previamente acordadas entre la Comunidad Autónoma y la Administración General del Estado, en relación con la puesta en marcha de convocatorias de carácter nacional, o supraautonómico, de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y vías no formales de formación.

– Realizar ofertas específicas de formación para que, quienes han superado los procedimientos de acreditación de las competencias adquiridas por la experiencia laboral, puedan completar la formación no acreditada y finalizar sus estudios de Formación Profesional.

– Formación de asesores, evaluadores y orientadores.

– Desarrollo de cualquier parte del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales.

– Desarrollo de aplicaciones informáticas aplicables al procedimiento de evaluación y acreditación de competencias, excluida la adquisición de equipos.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se compromete a:

– Mantener la estructura y funciones de coordinación a que hace referencia el artículo 21 del Real Decreto 1224/2009 en relación con el desarrollo del procedimiento de evaluación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral.

– Poner a disposición de las Comunidades Autónomas el portal TodoFP como medio de difusión de las convocatorias que se realicen.

Información y difusión

Las actuaciones recogidas en este acuerdo se llevan a cabo en el marco de las líneas de actuación previstas en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

En este supuesto, las publicaciones impresas o electrónicas y notificaciones hechas por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y el símbolo de FSE así como la mención expresa: «Programa financiado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y cofinanciado por el Fondo Social Europeo». En consecuencia, y al objeto de garantizar la correcta justificación ante el FSE y de cumplir los compromisos que la recepción de fondos estructurales lleva aparejados, las Comunidades Autónomas deberán justificar todas las acciones derivadas del acuerdo en la forma y plazos previstos.

Las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación derivadas de la aportación del Estado a este programa cumplirán los requisitos de publicidad, según los cuales en todas las actuaciones que se deriven de los instrumentos contractuales o convencionales realizados con cualquier persona física o jurídica, pública o privada, se insertará la imagen institucional, que ha de incluir siempre el Escudo de España y la denominación del Ministerio, tal como se establece en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, de 2 de abril de 2007, y en el Manual de Imagen Institucional.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, informará a las Comunidades Autónomas de los requisitos de justificación del gasto así como plazos, una vez aprobado el presente Acuerdo.

ANEXO II
Requisitos de justificación del gasto

La Comunidad Autónoma se compromete a justificar las actuaciones al Organismo Intermedio del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con la normativa nacional y comunitaria aplicable a los Fondos Estructurales, y en particular al FSE, y con las decisiones que en aplicación de la misma dicten la Comisión Europea, la Autoridad de Gestión del FSE en España y, en su caso, el propio Organismo Intermedio.

La Comunidad Autónoma proporcionará al Organismo Intermedio del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, conforme al documento que establezca las condiciones de la ayuda y según establece el artículo 125.3.c del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, toda la información necesaria para elaborar las declaraciones de gastos al FSE, así como la relativa a sus sistemas de gestión y control, a la ejecución de las actuaciones cofinanciadas y a su pista de auditoría, a los gastos elegibles en los que haya incurrido, a las actuaciones en materia de publicidad e igualdad de oportunidades y cualquier otra necesaria para elaborar los informes anuales y finales de gestión y los informes de evaluación requeridos por la normativa comunitaria aplicable a los Fondos Estructurales y, en particular, al FSE, conforme a las instrucciones que en aplicación de dicha normativa establezcan la Comisión Europea, la Autoridad de Gestión y, en su caso, el Organismo Intermedio.

Para facilitar la transmisión y conservación de la información, se utilizarán los sistemas telemáticos establecidos por el Organismo Intermedio y la Autoridad de Gestión para el registro y almacenamiento informatizado de los datos correspondientes a las actuaciones cofinanciadas.

La Comunidad Autónoma asume la obligación de incluir en las declaraciones que presente al Organismo Intermedio del Ministerio únicamente gastos considerados elegibles al FSE, en los que haya incurrido efectivamente, correspondientes a actuaciones realizadas y verificables, para las que dispone de soporte documental suficiente y de una pista de auditoría adecuada, conforme a los requerimientos aplicables a los Fondos Estructurales de la Unión Europea.

Las actuaciones y los gastos declarados por la Comunidad Autónoma al Organismo Intermedio del Ministerio quedan sometidos a las verificaciones administrativas y sobre el terreno previstos en las normas aplicables a los Fondos Estructurales de la Unión Europea como condición para incluirlos en una declaración de gastos, así como a las actuaciones de los órganos de control nacionales y comunitarios competentes en esta materia.

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