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Documento BOE-A-2012-11458

Orden SSI/1900/2012, de 24 de agosto, por la que se clasifica la Fundación Helpage International España y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 10 de septiembre de 2012, páginas 63806 a 63807 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-11458

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Helpage International España resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la Fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación Helpage International España.

Fines: Esta Fundación tiene como fines la promoción de los intereses y la defensa de los derechos humanos, políticos, civiles, sociales, económicos y culturales de las personas mayores y de sus familias, especialmente aquellas que viven en países en desarrollo.

Con ello, se pretende que las personas mayores beneficiarias maximicen su potencial para disfrutar de una vida digna, segura y saludable y que la sociedad en su conjunto sea consciente de la gran contribución de las personas mayores al bien común y de su derecho a disfrutar de asistencia sanitaria, servicios sociales y seguridad económica y física.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la Fundación radicará en la calle Núñez de Balboa, número 9, 4.º, C.P. 28001, de Madrid y el ámbito de actuación será en todo el territorio del Estado y en aquellos Estados donde peligren los derechos políticos, civiles, sociales económicos y culturales que impidan que las personas mayores disfruten de una vida digna, segura y saludable.

Fundador: La asociación Helpage International España.

Dotación inicial: Treinta mil euros, aportados por la asociación fundadora.

Desembolso inicial: 7.500 euros.

Desembolso pendiente: 22.500 euros.

Escritura pública de constitución. Otorgada ante el Notario de Madrid, don Francisco Javier Gardeazábal del Río, el día 28 de febrero de 2012, con el número 431 de orden de su protocolo, incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidenta: Doña Pilar Rodríguez Rodríguez.

Vicepresidenta: Doña Silvia Stefanoni.

Secretaria: Doña María Dolores Díaz Aledo.

Tesorera: Doña Alison Gordon.

Vocales: Don Jesús Prieto de Pedro, doña Isabel María Martínez Lozano y don Juan Manuel Martínez Gómez.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la Disposición Transitoria Cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Helpage International España cuyos fines de interés general son de cooperación al desarrollo y cívicos, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1679.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 24 de agosto de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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