En el recurso contencioso-administrativo número 1/1.132/1995, interpuesto por la representación legal del centro docente privado "Mediterráneo", de Madrid, contra la Orden de 12 de abril de 1995, que ha sido tramitado conforme a la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, sobre Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con fecha 4 de julio de 1997, ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
"Fallamos: Que con desestimación del recurso interpuesto por el Letrado don Rafael Mateo Alcántara, en representación de doña Carmen Lafuente Laín (Colegio "Mediterráneo", de Madrid), debemos declarar y declaramos ajustado a derecho el acto recurrido, con costas al actor."
Dispuesto por Resolución de 13 de enero de 1998, en cumplimiento de la citada sentencia, en sus propios términos, esta Dirección General ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 22 de enero de 1998.-El Director general, Francisco López Rupérez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Régimen Jurídico de Centros.
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