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Documento BOE-A-2002-23641

Orden ECO/3052/2002, de 12 de noviembre, por la que se encomienda la liquidación de la entidad "Unión y Alianza de Previsión, Sociedad Anónima, Compañía Española de Seguros" a la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 2002, páginas 42408 a 42409 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2002-23641

TEXTO ORIGINAL

En Junta general extraordinaria de accionistas de fecha 21 de diciembre

de 1994 se acordó la disolución y liquidación de la entidad "Unión y Alianza

de Previsión, Sociedad Anónima, Compañía Española de Seguros". Por

Orden ministerial de 1 de febrero de 1995 se acordó revocar, a la citada

entidad, la autorización para el ejercicio de la actividad aseguradora

privada.

A pesar de los reiterados requerimientos de la Dirección General de

Seguros y Fondos de Pensiones a los Liquidadores de la misma, no consta

hasta la fecha la finalización de las operaciones de liquidación de la citada

entidad.

Por su parte, los artículos 27.3 y 31.1.c) de la Ley 30/1995, de 8 de

noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, prevén

el retraso en la liquidación como circunstancia en la que el Ministerio

de Economía puede acordar el cese de los Liquidadores y encomendar

la liquidación a la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras.

En virtud de lo anteriormente expuesto, y de los antecedentes que

constan en el expediente tramitado por la Dirección General de Seguros

y Fondos de Pensiones y con arreglo a lo previsto en los artículos 27.3

y 31.1.c) de la Ley 30/1995, he resuelto acordar el cese de los Liquidadores

de la entidad "Unión y Alianza de Previsión, Sociedad Anónima, Compañía

Española de Seguros" y encomendar la liquidación de la misma a la

Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras, regulada en los

artículos 29 y siguientes de la citada Ley.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, de

conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional

decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento

de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter

potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir

del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos

116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se

podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos

meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con

lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13

de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 12 de noviembre de 2002.-El Ministro, P. D. (Orden

ECO/2489/2002, de 3 de octubre, "Boletín Oficial del Estado" del 10), el

Secretario de Estado de Economía, Luis de Guindos Jurado.

Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.

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