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Documento BORME-C-2017-7592

INDUSTRIAS CARTONES ONDULADOS ANDALUCES, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ONDULADOS ANDALUCES, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 164, páginas 8810 a 8810 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-7592

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que el socio único y el accionista único, respectivamente, de Industrias Cartones Ondulados Andaluces, S.L. (Sociedad Unipersonal) y Ondulados Andaluces, S.A. (Sociedad Unipersonal), han aprobado por decisiones adoptadas con fecha 25 de agosto de 2017, en ejercicio de la competencia de Junta General, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera, en los términos previstos en el Proyecto común de Fusión de 30 de junio de 2017 y sirviendo de base a la operación los Balances cerrados a 30 de junio de 2017. Todo ello con entera transmisión, asunción y subrogación de todos los bienes y derechos de la sociedad absorbida y, por tanto incorporando en bloque todos los activos y pasivos de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, con disolución sin liquidación de la primera.

Teniendo en cuenta que las sociedades participantes en la fusión están íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 49 de la LME.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, en su redacción dada por la Ley 1/2012, de 22 de junio, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley al haberse adoptado en Junta Universal y por decisión del socio único de todas y cada una de las sociedades participantes en la fusión.

Se hace constar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en el referido proceso de fusión por absorción, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión respectivos, así como el derecho a dichos acreedores a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME.

Lucena, Córdoba, 25 de agosto de 2017.- Enrique Isidro Rincón, representante persona física de Papeles y Cartones de Europa, S.A., Administrador Único de las sociedades Industrias Cartones Ondulados Andaluces, S.L. (Sociedad Unipersonal) y Ondulados Andaluces, S.A. (Sociedad Unipersonal).

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