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Documento BORME-C-2017-7204

MATADERO DE CUMBRES MAYORES, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 147, páginas 8367 a 8367 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2017-7204

TEXTO

El 30 de junio de 2017 la Junta General Extraordinaria de Accionistas acordó reducir el capital social en la cuantía de 2.301.264,16 €, quedando fijado en 289.097,56 €. La finalidad de la reducción fue restablecer el equilibrio entre capital y patrimonio social disminuido por pérdidas. La reducción se realiza mediante la disminución del valor nominal de la totalidad de las acciones en 1.334,84 €, quedando fijado en 167,69 € por acción.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 304 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital se hace público que:

En la citada Junta General Extraordinaria de Accionistas se acordó ampliar el capital social fijado en 289.097,56 €, en la cuantía de 2.301.377,56 €, quedando fijado, en consecuencia, en la suma máxima de 2.590.475,12 €, mediante la emisión de 13.724 nuevas acciones de 167,69 € de valor nominal cada una de ellas, a suscribir y desembolsar totalmente con cargo a aportaciones dinerarias. Dichas acciones otorgarán los mismos derechos y obligaciones que las hasta ahora existentes.

Las acciones emitidas se ofrecerán a todos los accionistas de la Sociedad para que, en caso de desearlo, puedan ejercitar el derecho de suscripción preferente que les reconoce el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, estableciéndose el plazo de un (1) mes para dicho ejercicio desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

En caso de que alguno de los accionistas no ejercite el derecho de suscripción preferente, el Consejo de Administración podrá ofrecer las acciones no asumidas a los accionistas que lo hayan ejercitado para que, en el plazo de diez (10) días desde la finalización del plazo de un (1) mes previsto en el párrafo anterior, puedan suscribirlas y desembolsarlas. Durante los diez días siguientes a la finalización del plazo anterior, el Consejo de Administración podrá adjudicar las acciones no suscritas a personas extrañas a la Sociedad.

El desembolso de las acciones suscritas deberá efectuarse en efectivo metálico mediante ingreso en la cuenta corriente abierta a nombre de la Sociedad número ES04 0128 9471 8101 0001 1247, bajo el concepto "aumento de capital". Dicho desembolso deberá efectuarse con fecha límite el día de la finalización del plazo de un mes establecido para el ejercicio del derecho de suscripción preferente, salvo para aquellas acciones suscritas en ejercicio de las ulteriores rondas de suscripción, cuyo desembolso deberá efectuarse con fecha límite el día de la finalización de los plazos a que se hace referencia en el párrafo anterior.

En todo caso, el capital se ampliará en la cuantía desembolsada, puesto que se prevé expresamente la posibilidad de ampliación de capital incompleta de conformidad con el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital.

Sevilla, 30 de junio de 2017.- El Presidente del Consejo de Administración, Grupo Osborne, Sociedad Anónima, representada por Don Ignacio Osborne Cólogan.

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