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Documento BORME-C-2015-9609

BBVA PROPIEDAD, S.A., UNIPERSONAL

Publicado en:
«BORME» núm. 191, páginas 11329 a 11329 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2015-9609

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que en fecha de 15 de junio de 2015, la Junta general de Bbva Propiedad, Sociedad Anónima, adoptó el siguiente acuerdo de reducción del capital social:

Previa deliberación el Presidente somete el asunto a votación y la Junta general, por unanimidad, adopta el siguiente acuerdo:

1.º) Reducir el capital social en la cuantía de ciento tres millones veinticinco mil euros (103.025.000,00 euros) por devolución de aportaciones al socio único Anida Grupo Inmobiliario, Sociedad Limitada, modificando en consecuencia el artículo 5 de los Estatutos sociales. El capital social queda fijado de este modo en novecientos veintisiete millones doscientos veinticinco mil euros (927.225.000,00 euros). La reducción de capital se llevará a cabo mediante la reducción del valor nominal de todas y cada una de las ciento tres mil veinticinco (103.025) acciones nominativas, en que actualmente se divide el capital social. El valor nominal de las acciones, actualmente fijado en diez mil euros (10.000 euros), quedará reducido a nueve mil euros (9.000 euros).

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 318.2 de la Ley de Sociedades de Capital se hace constar que la finalidad de la reducción de capital es la devolución de aportaciones al socio único de la sociedad. El pago de la cantidad objeto de reducción se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta titularidad del socio único, una vez transcurrido el plazo de oposición de los acreedores previsto en el artículo 336 de la Ley de sociedades de capital sin que ninguno de ellos se opusiese a este acuerdo o, teniéndose opuesto, una vez que se tengan satisfecho o garantizado sus créditos conforme a la ley aplicable.

La suma que deberá abonarse al accionista único es de ciento tres millones veinticinco mil euros (103.025.000,00 euros), a razón, mil euros (1.000 euros) por cada acción de la Sociedad de las que es titular.

2.º) Como resultado de lo anterior, se acuerda también modificar el artículo 5.º de los Estatutos sociales, cuya nueva redacción, una vez ejecutado este acuerdo de reducción de capital social será la siguiente:

"Artículo 5.º Del capital social: El capital social se fija en la cantidad de novecientos veintisiete millones doscientos veinticinco mil euros (927.225.000,00 euros), representado por ciento tres mil veinticinco acciones nominativas de nueve mil euros (9.000 euros) de valor nominal cada una, y está íntegramente suscrito y desembolsado."

3.º) Se faculta expresamente a los Administradores mancomunados para publicar, de conformidad con lo previsto en el artículo 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, el acuerdo de reducción de capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en un periódico de gran circulación en la provincia de Madrid en la que la sociedad tiene su domicilio.

Madrid, 10 de septiembre de 2015.- Los Administradores Mancomunados, Agustín Vidal-Aragón de Olives y José Carlos López Álvarez.

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