Está Vd. en

Documento BORME-C-2015-3519

CLUB MARÍTIMO VARADERO DE GRAN CANARIA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 86, páginas 4335 a 4335 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2015-3519

TEXTO

Se hace público que la Junta General Ordinaria de accionistas de Club Marítimo Varadero de Gran Canaria, S.A., celebrada el 25 de junio de 2014 adoptó, bajo el punto 4º de su orden del día, el acuerdo de reducir el capital social de la Sociedad con el fin de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad, mediante la disminución del valor nominal de las acciones de la Sociedad y la consiguiente modificación del artículo 5º de los Estatutos Sociales.

El importe de la reducción de capital asciende a la cifra de 1.468.560 euros, quedando fijado en 64.000 euros, mediante la reducción del valor nominal de cada una de las acciones en la cantidad de 367,14 euros, quedando fijado en 16 euros por acción.

La finalidad de la reducción es restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad, que quedó en negativo tras la aplicación de reservas por ajustes de ejercicios anteriores negativos, destinándose el importe de la reducción de capital a compensar las reservas negativas en base individual (reserva legal, reserva por ajuste del capital al euro, reservas voluntarias y reservas por ajustes de ejercicios anteriores) por importe de 78.003,46 euros, 20,87 euros, 103.986,07 euros y 1.650.570,40 euros, respectivamente.

La adopción de este acuerdo afecta por igual a todas sus acciones que componen el capital de la sociedad en proporción a su valor nominal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital, la presente reducción de capital toma como referencia el balance individual de la sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2013, aprobado por la citada Junta General, bajo el punto 2º del orden del día, y sometido a la verificación del auditor de cuentas de la sociedad, la firma Sánchez y Camejo Auditores y Consultores, S.L.P.U., según resulta del informe de auditoría. Dicho balance e informe del auditor se incorporarán a la escritura pública de reducción de capital.

En virtud del artículo 335.a) de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital.

Como consecuencia de esta operación de reducción del capital no se genera excedente del activo sobre el pasivo que deba atribuirse a la reserva legal.

A la vista de lo anterior, se acordó modificar el artículo 5º de los estatutos sociales, quedando de la siguiente manera: "Artículo 5º.- El capital social se fija en la cantidad de sesenta y cuatro mil (64.000) euros, dividido en 4.000 acciones nominativas de diez y seis (16) euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 a la 4.000 ambos inclusive"

Las Palmas de Gran Canaria, 27 de abril de 2015.- La Presidenta, Begoña Pueyo Basterrechea.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid