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Documento BORME-C-2013-851

EDITORIAL MENORCA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 31, páginas 965 a 965 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2013-851

TEXTO

Complemento de convocatoria de Junta general

EXTRAORDINARIA DE EDITORIAL MENORCA, S.A.

Habiendo mediado solicitud de accionistas que ostentan más del cinco por ciento del capital social, por virtud de acuerdo del Consejo de Administración de "EDITORIAL MENORCA S.A." de fecha 08/02/2.013, y de acuerdo con lo dispuesto en el art 172 de la Ley de Sociedades de Capital, se amplía el orden del día de la convocatoria de la Junta General Extraordinaria que tendrá lugar en el domicilio social, sito en Avda. Cap de Cavalleria, n.º 5, POIMA, Maó-Menorca, el día 5 de marzo de 2.013 a las 11.00 hs, en primera convocatoria, y, en segunda convocatoria, en el mismo lugar, a las 11.00hs del día 6 de marzo de 2.013, mediante la adición de los siguientes puntos del orden del día:

ORDEN DEL DÍA

…///…

Noveno.-Examen y aprobación, si procede, de las Cuentas anuales e Informe de Gestión de la Sociedad correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2012.

Décimo.-Aprobación, si procede, de la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio del año 2012.

Décimo-primero.-Aprobación, o censura, de la gestión del Órgano de Administración de la Sociedad.

Décimo-segundo.-Estudio de operaciones de saneamiento patrimonial.

I.-Se hace constar nuevamente el derecho que asiste a los accionistas, a partir de la presente convocatoria, a solicitar y obtener, de forma inmediata y gratuita, todos los documentos sometidos a la aprobación de la Junta en los términos previstos en el art. 197 LSC, y a solicitar por escrito los informes y aclaraciones que estimen precisos sobre los asuntos comprendidos en el Orden del da.

II.-Los requisitos de asistencia a la Junta son los que constan en el artículo 18 de los estatutos sociales. Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta por medio de otra persona, en la forma prevista por Ley. La representación, que se conferirá con carácter especial para cada Junta, deberá ajustarse a los requisitos de forma y plazos contenidos en el art. 18 de los estatutos sociales y en la legislación vigente.

Maó, 8 de febrero de 2013.- El Presidente del Consejo de Administración, José-G Díaz Montañés.

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