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Documento BORME-C-2012-9293

LABORATORIOS FARMACÉUTICOS ROVI, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 80, páginas 9954 a 9965 (12 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2012-9293

TEXTO

El Consejo de Administración de Laboratorios Farmacéuticos Rovi, Sociedad Anónima ("ROVI" o la "Sociedad") convoca a los señores accionistas a la Junta General Ordinaria, que se celebrará en el Hotel Husa Princesa, en la calle Princesa, 40, 28008 Madrid, el día 13 de junio de 2012, a las once horas, en primera convocatoria y al día siguiente, 14 de junio de 2012, en el mismo lugar y a la misma hora en segunda convocatoria, al objeto de deliberar y resolver acerca de los asuntos comprendidos en el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales individuales de la Sociedad (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) y de las consolidadas de la Sociedad con sus sociedades dependientes (balance, cuenta de resultados, estado de resultado global, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria), así como del informe de gestión individual de la Sociedad y del informe de gestión consolidado de la Sociedad con sus sociedades dependientes, todos ellos correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2011.

Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado correspondiente al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2011.

Tercero.- Examen y aprobación, en su caso, de la gestión y actuación del Consejo de Administración durante el ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2011.

Cuarto.- Examen y aprobación, en su caso, de la retribución anual de los miembros del Consejo de Administración para el ejercicio 2012.

Quinto.- Modificación, en su caso, de los siguientes artículos de los Estatutos Sociales para su adaptación a las modificaciones introducidas por la normativa recientemente aprobada; así como para introducir determinadas mejoras de carácter técnico: 5.1 Modificación de los artículos 25 ("Convocatoria de las Juntas Generales") y 31 ("Derecho de Información") de la Sección I del Título V de los Estatutos Sociales. 5.2 Modificación de los artículos 42 ("Reuniones del Consejo de Administración"), 43 ("Desarrollo de las sesiones") y 45 ("Retribución de los consejeros") de la Sección II del Título V de los Estatutos Sociales. 5.3 Modificación del artículo 46 ("Órganos delegados del Consejo") de la Sección III del Título V de los Estatutos Sociales. 5.4 Modificación del artículo 49 ("Página web corporativa") del Título VI de los Estatutos Sociales.

Sexto.- Modificación, en su caso, de los siguientes artículos del Reglamento de la Junta General de Accionistas para su adaptación a las modificaciones introducidas por la normativa recientemente aprobada; así como para introducir determinadas mejoras de carácter técnico: 6.1 Modificación del artículo 3 ("La Junta General") del Título II del Reglamento de la Junta General. 6.2 Modificación de los artículos 6 ("Convocatoria de la Junta General"), 7 ("Anuncio de convocatoria"), 8 ("Puesta a disposición de información desde la fecha de la convocatoria en la página web de la Sociedad") y 9 ("Derecho de información previo a la celebración de la Junta General") del Título III del Reglamento de la Junta General. 6.3 Modificación de los artículos 12 ("Representación") y 13 ("Solicitud pública de representación"), e inserción de un nuevo artículo 12 bis ("Conflicto de intereses del representante") en el Capítulo I del Título IV del Reglamento de Junta General. 6.4 Modificación de los artículos 20 ("Solicitudes de intervención") y 22 ("Derecho de información durante la celebración de la Junta General") del Capítulo III del Título IV del Reglamento de la Junta General. 6.5 Modificación de los artículos 25 ("Votación de las propuestas de acuerdos") y 28 ("Publicidad de los acuerdos") del Capítulo IV del Título IV del Reglamento de la Junta General.

Séptimo.- Reelección y ratificación, en su caso, de consejeros por el plazo estatutario: 7.1 Reelección como consejero de don Juan López-Belmonte López. 7.2 Reelección como consejero de don Enrique Castellón Leal. 7.3 Reelección como consejero de don Juan López-Belmonte Encina. 7.4 Reelección como consejero de don Javier López-Belmonte Encina. 7.5 Reelección como consejero de don Iván López-Belmonte Encina. 7.6 Ratificación, en su caso, del nombramiento de Don Gonzalo Suárez Martín como Consejero dominical de la Sociedad y reelección del mismo por el plazo estatutario.

Octavo.- Ratificación y aprobación, en su caso, de la página web corporativa.

Noveno.- Reelección, en su caso, de los auditores de cuentas de la Sociedad y de su grupo para el ejercicio 2012.

Décimo.- Delegación de facultades para la formalización e inscripción de los acuerdos adoptados por la Junta General y para llevar a cabo el preceptivo depósito de cuentas. Puntos de Carácter Consultivo.

Undécimo.- Informe anual sobre remuneraciones de los consejeros de la Sociedad. Puntos de Carácter Informativo.

Duodécimo.- Información sobre las modificaciones parciales del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad.

Complemento de la Convocatoria y Presentación de Propuestas Los accionistas que representen, al menos, el cinco por ciento del capital social, podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la Junta General de Accionistas incluyendo uno o más puntos en el Orden del Día. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social de ROVI (Laboratorios Farmacéuticos Rovi, Sociedad Anónima, Junta General, calle Julián Camarillo, 35, 28037 Madrid) dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la presente convocatoria. Esto es, podrán presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el Orden del Día, todo ello en los términos previstos en el artículo 519.2 de la Ley de Sociedades de Capital. En el escrito de notificación se hará constar el nombre o denominación social del accionista o accionistas solicitantes, y se acompañará la oportuna documentación -copia de la tarjeta de asistencia o certificado de legitimación- que acredite su condición de accionista, a fin de cotejar esta información con la facilitada por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal (IBERCLEAR), así como el contenido del punto o puntos que el accionista plantee o el contenido de la propuesta o propuestas que el accionista formule. En el caso de que el accionista plantee un nuevo punto o puntos del Orden del Día, se podrá requerir al accionista para que acompañe igualmente la propuesta o propuestas y el informe o informes justificativos de las propuestas a que se refieran los puntos incluidos en el complemento, en los supuestos en que legalmente sea necesario. El complemento de la convocatoria se publicará con quince días de antelación, como mínimo, a la fecha establecida para la celebración de la Junta en primera convocatoria. Derecho de Asistencia Los accionistas podrán asistir a la Junta General de Accionistas cualquiera que sea el número de acciones de las que sean titulares siempre que consten inscritas a su nombre en el registro de anotaciones en cuenta correspondiente con cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta, debiendo acreditar esta circunstancia a la entrada del local donde se celebre la Junta General, desde dos horas antes de la hora prevista para el inicio de la reunión, mediante la correspondiente tarjeta de asistencia en la que se indicará el número, clase y serie de las acciones de su titularidad, así como el número de votos que puede emitir. La tarjeta se emitirá por las entidades participantes en IBERCLEAR en favor de los titulares de las acciones que acrediten tenerlas inscritas con cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta en primera convocatoria. A los efectos de acreditar la identidad de los accionistas, o de quien válidamente les represente, a la entrada del local donde se celebre la Junta General de Accionistas se podrá solicitar a los asistentes, junto a la presentación de la tarjeta de asistencia, la acreditación de su identidad mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad o de cualquier otro documento oficial en vigor generalmente aceptado a estos efectos. Una vez finalizado el proceso de registro de tarjetas de asistencia y representación y de constatarse la existencia de quórum suficiente, se formará la lista de asistentes. Una vez cerrada la admisión de las tarjetas de asistencia y delegación, se facilitará a los accionistas o, en su caso, a los representantes de éstos que accedan con retraso al lugar de celebración de la Junta General, una invitación a fin de que, siempre que así lo deseen, puedan seguir el desarrollo de la reunión, pero ni los referidos accionistas ni los representados serán incluidos en la lista de asistentes. Delegación de la Representación y Voto a través de Medios de Comunicación a Distancia I. Derecho de representación y delegación a distancia De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de los Estatutos Sociales y 12 del Reglamento de la Junta General, todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por otra persona, aunque no sea accionista de la Sociedad, cumpliendo los requisitos y formalidades exigidos por la Ley, los Estatutos y el resto de normativa interna de la Sociedad en lo que sea de aplicación. La delegación de la representación deberá ser cumplimentada y firmada por el accionista, suscribiendo la correspondiente tarjeta de asistencia y delegación. La persona a cuyo favor se confiera la representación y el voto deberá ejercitarla asistiendo personalmente a la Junta, haciendo entrega de la tarjeta de asistencia y delegación en las mesas de registro de entrada de accionistas, en el lugar y día señalado para la celebración de la Junta General y desde dos horas antes de la hora prevista para el inicio de la reunión. La representación es siempre revocable y la asistencia personal del representado a la Junta tendrá el valor de revocación. Como regla general, y siempre que pueda acreditarse la certeza de la fecha, se tendrá por válida la última actuación realizada por el accionista antes de la celebración de la Junta General. La representación deberá conferirse con carácter especial para cada Junta General, por escrito y podrá conferirse por medios de comunicación a distancia. En caso de que se hayan emitido instrucciones por parte del accionista representado, el representante emitirá el voto con arreglo a las mismas y tendrá la obligación de conservar dichas instrucciones durante un año desde la celebración de la Junta. El representante podrá tener la representación de más de un accionista sin limitación en cuanto al número de accionistas representados. Cuando un representante tenga representaciones de varios accionistas, podrá emitir votos de signo distinto en función de las instrucciones dadas por cada accionista. En todo caso, el número de acciones representadas se computará para la válida constitución de la Junta. Los documentos en los que consten las representaciones para la Junta General deberán incluir al menos las siguientes menciones: (a) Fecha de celebración de la Junta General y el Orden del Día. (b) Identidad del representado y del representante. En caso de no especificarse, se entenderá que la representación ha sido otorgada indistintamente a favor del Presidente del Consejo de Administración, del Consejero Delegado o del Secretario del Consejo de Administración, o de cualquier otro miembro del órgano de administración que, a este efecto, se determine con carácter especial en cada Junta, sin perjuicio de lo señalado más adelante para el caso de conflicto de intereses. (c) Número de acciones de las que es titular el accionista que otorga la representación. (d) Las instrucciones sobre el sentido del voto del accionista que otorga la representación en cada uno de los puntos del Orden del Día. El Presidente de la Junta General o las personas designadas por su mediación, se entenderán facultadas para determinar la validez de las representaciones conferidas y el cumplimiento de los requisitos de asistencia a la Junta General. Lo dispuesto en los párrafos anteriores no será aplicable cuando el representante sea cónyuge, ascendiente o descendiente del representado y así lo acredite; ni tampoco cuando aquél ostente poder general conferido en escritura pública con facultades para administrar todo el patrimonio que el representado tuviere en territorio nacional y así lo aporte. A los efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), se informa de que el Presidente de la Junta, así como cualquier otro miembro del Consejo de Administración, pueden encontrarse en conflicto de intereses (i) respecto de los puntos 3.º (Aprobación de la gestión y actuación del Consejo de Administración durante el ejercicio 2011), 4.º (Aprobación de la retribución de los miembros del Consejo de Administración para el ejercicio 2012) y 11.º (Sometimiento a votación con carácter consultivo del informe anual sobre remuneraciones de los consejeros) del Orden del Día; (ii) respecto del punto 7.º (Reelección y ratificación de los miembros del Consejo de Administración) del Orden del Día, únicamente en el caso concreto de los consejeros cuya reelección se propone; y (iii) en los supuestos recogidos en los apartados a) b) c) o d) del artículo 526.1 de la Ley de Sociedades de Capital, (nombramiento, reelección o ratificación de administradores, destitución, separación o cese de administradores, ejercicio de la acción social de responsabilidad y aprobación o ratificación de operaciones de la sociedad con el administrador que se trate) que pudieran presentarse fuera del Orden del Día con arreglo a la Ley. En relación con todos ellos, si el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas, la representación, salvo indicación expresa en contrario, se entenderá conferida al Secretario de la Junta General de accionistas. Cuando se confiera por medios de comunicación a distancia, solo se reputará válida la que se efectúe: 1. Mediante correspondencia postal Se remitirá al domicilio social de la Sociedad (Laboratorios Farmacéuticos Rovi, Sociedad Anónima, Junta General, calle Julián de Camarillo, 35, 28037 Madrid) la tarjeta de asistencia y delegación expedida por la entidad participante en IBERCLEAR o puesta a disposición de los accionistas por la Sociedad en su página web (www.rovi.es), debidamente firmada y cumplimentada por el accionista. Se habrá de garantizar la representación atribuida y la identidad del representado. En el día y lugar de celebración de la Junta, los representantes designados deberán identificarse, lo que podrán hacer desde dos horas antes a la hora de la celebración de la Junta, mediante su Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento oficial en vigor generalmente aceptado a estos efectos, con el fin de que la Sociedad pueda comprobar la representación conferida, debiendo acompañar copia de la tarjeta de asistencia y delegación remitida a la Sociedad. 2. Mediante comunicación electrónica Será admitida la representación otorgada mediante comunicación electrónica a partir del día 11 de mayo de 2012 a través de la página web de la Sociedad (www.rovi.es), accediendo al espacio dedicado al efecto y siguiendo el procedimiento allí establecido. Para ello será necesario disponer de la firma electrónica reconocida, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, siempre que esté basada en un certificado electrónico reconocido en relación con el cual no conste su revocación y que (i) sea un Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o (ii) se halle incorporado al Documento Nacional de Identidad Electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica. En el día y lugar de celebración de la Junta, los representantes designados deberán identificarse, lo que podrán hacer desde dos horas antes a la hora de la celebración de la Junta, mediante su Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento oficial en vigor generalmente aceptado a estos efectos, con el fin de que la Sociedad pueda comprobar la representación conferida, acompañando copia del documento electrónico que el accionista haya rellenado en la página web de la Sociedad para conferir tal representación. II. Derecho de voto y ejercicio del derecho de voto a distancia. Los accionistas con derecho de asistencia y voto podrán emitir su voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el Orden del Día con carácter previo a la celebración de la Junta, mediante correspondencia postal o mediante comunicación electrónica, en los términos previstos en la Ley, en los artículos 32 y 34 de los Estatutos Sociales y en los artículos 10 y 24 del Reglamento de la Junta General. 1. Voto mediante correspondencia postal Para la emisión del voto por correo, el accionista deberá cumplimentar y firmar la tarjeta de asistencia, delegación y voto expedida a su favor por la entidad participante en IBERCLEAR o puesta a disposición de los accionistas por la Sociedad en su página web (www.rovi.es), en la que hará constar su sentido del voto -a favor, en contra, abstención o en blanco-, marcando con una cruz en la casilla correspondiente del cuadro que figurará en la tarjeta de asistencia, delegación y voto. Una vez cumplimentada y firmada, el accionista la deberá remitir mediante correo postal al domicilio social de la Sociedad (Laboratorios Farmacéuticos Rovi, Sociedad Anónima, Junta General, calle Julián de Camarillo, 35, 28037 Madrid). En el supuesto de que la tarjeta de asistencia no incorpore el apartado relativo al voto a distancia, el accionista podrá utilizar el formulario de votación a distancia que con este fin encontrará en la página web de la Sociedad (www.rovi.es). Dicho formulario, debidamente firmado, deberá hacerse llegar a la Sociedad mediante correo postal a la dirección indicada en el párrafo anterior, junto con la correspondiente tarjeta de asistencia, debidamente firmada. 2. Voto mediante comunicación electrónica El accionista también podrá emitir su voto mediante comunicación electrónica autorizada con su firma electrónica legalmente reconocida en los mismos términos previstos en el epígrafe 2 del apartado I anterior para conferir su representación y en el apartado III siguiente. El voto se emitirá por medio de comunicación a la Sociedad efectuada a través de su página web (www.rovi.es) accediendo al espacio dedicado al efecto y siguiendo el procedimiento allí establecido. III. Disposiciones comunes a la delegación y al voto a distancia. Para su validez, la representación conferida y el voto emitido por cualquiera de los medios de comunicación a distancia (postal o electrónica), deberán recibirse por la Sociedad antes de las veinticuatro horas del día inmediatamente anterior al previsto para la celebración de la Junta General en primera convocatoria. En caso contrario, la representación se tendrá por no conferida y el voto por no emitido. Con posterioridad al plazo indicado, sólo se admitirán los votos presenciales emitidos en el acto de la Junta General por el accionista titular o por la persona que le represente válidamente. Cuando el accionista ejercite su derecho de voto o confiera su representación utilizando medios de comunicación a distancia, sus acciones deberán constar inscritas a su nombre en el registro de anotaciones en cuenta correspondiente con cinco días de antelación, al menos, a aquél en que haya de celebrarse la Junta General. Asimismo, la validez de la representación conferida y del voto emitido mediante comunicación a distancia está sujeta a la comprobación -con el fichero facilitado por IBERCLEAR- de la condición de accionista. En caso de divergencia entre el número de acciones comunicado por el accionista que confiere la representación o emite su voto mediante comunicación a distancia y el que conste en los registros de anotaciones en cuenta que comunique IBERCLEAR, se considerará válido, a efectos de quórum y votación, y salvo prueba en contrario, el número de acciones facilitado por esta última entidad. La representación conferida y el voto emitido mediante correspondencia postal o electrónica podrá dejarse sin efecto por revocación expresa del accionista efectuada por el mismo medio empleado para conferir la representación o emitir el voto, dentro del plazo establecido. Antes de su nombramiento, el representante deberá informar con detalle al accionista de si existe situación de conflicto de intereses. Si el conflicto fuera posterior al nombramiento y no se hubiese advertido al accionista representado de su posible existencia, deberá informarle de ello inmediatamente. En ambos casos, de no haber recibido nuevas instrucciones de voto precisas para cada uno de los asuntos sobre los que el representante tenga que votar en nombre del accionista, deberá abstenerse de emitir el voto. En caso de que un accionista confiera su representación mediante correspondencia postal o comunicación electrónica a la Sociedad, a los Consejeros, al Secretario o al Vicesecretario del Consejo, pero no incluyera en la misma instrucciones para el ejercicio del voto o se suscitaran dudas sobre el destinatario o el alcance de la representación, se entenderá que (i) la delegación se efectúa indistintamente en favor del Presidente del Consejo de Administración, del Consejero Delegado, del Secretario del Consejo de Administración o de cualquier otro miembro del órgano de administración que a este efecto se determine con carácter especial en cada Junta; (ii) se refiere a todas las propuestas que forman el Orden del Día de la Junta General; (iii) se pronuncia por el voto favorable a las mismas y (iv) se extiende, asimismo, a los puntos que puedan suscitarse fuera del Orden del Día, respecto de los cuales el representante ejercitará el voto en el sentido que entienda más favorable a los intereses del representado. De la misma forma, el accionista que emita su voto mediante correspondencia postal o comunicación electrónica y no hiciera constar marca en alguna o ninguna de las casillas destinadas a señalar el voto respecto de los puntos del Orden del Día, se entenderá que desea votar a favor de las respectivas propuestas formuladas por el Consejo de Administración. Se establecen las siguientes reglas de prelación entre delegación, voto a distancia y presencia en la Junta: (a) La asistencia personal a la Junta del accionista que hubiera delegado o votado a distancia previamente, sea cual fuere el medio utilizado para su emisión, dejará sin efecto dicha delegación o voto. (b) Como regla particular, cuando el accionista confiera válidamente la representación mediante comunicación electrónica y, además, también la confiera mediante tarjeta de asistencia impresa expedida por la entidad o entidades participantes en IBERCLEAR o por la Sociedad, prevalecerá esta última frente a la efectuada mediante comunicación electrónica, con independencia de sus respectivas fechas de otorgamiento. (c) Como regla particular, cuando el accionista emita válidamente el voto mediante comunicación electrónica y, además, también mediante tarjeta de asistencia impresa expedida por la entidad o entidades participantes en IBERCLEAR o por la Sociedad, prevalecerá éste último frente al efectuado mediante comunicación electrónica, con independencia de sus respectivas fechas de otorgamiento. (d) Como regla particular, el voto efectuado a través de cualquier medio de comunicación a distancia hará ineficaz cualquier otorgamiento de representación electrónica o mediante tarjeta impresa en papel, ya sea anterior, que se tendrá por revocada, o posterior, que se tendrá por no efectuada. (e) En el caso de que un accionista realice válidamente varias delegaciones o emita varios votos mediante comunicación electrónica, prevalecerá la última representación o el último voto emitido que haya sido recibido por la Sociedad dentro del plazo establecido. (f) Tanto la representación como el voto emitido a distancia quedarán sin efecto por la enajenación de las acciones que confieren el derecho de asistencia de que tenga conocimiento la Sociedad al menos cinco días antes de la fecha prevista para la celebración de la Junta. La Sociedad pondrá a disposición de los accionistas en su página web (www.rovi.es) los formularios que deberán utilizarse para el voto por representación y a distancia. En caso de que el accionista sea persona jurídica, éste deberá comunicar a la Sociedad cualquier modificación o revocación en las facultades de las que goce su representante y, por tanto, la Sociedad declina cualquier responsabilidad hasta que se produzca dicha notificación. Es responsabilidad exclusiva del accionista la custodia de su firma electrónica. La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de voto y delegación a distancia cuando razones técnicas o de seguridad lo requieran o impongan. Laboratorios Farmacéuticos Rovi, Sociedad Anónima, no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión, mal funcionamiento del servicio de correos o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos de voto y delegación a distancia. Respecto a los accionistas personas jurídicas, cuando el correo postal sea el medio de comunicación a distancia empleado para conferir la representación a un tercero o votar, será necesario remitir a la Sociedad, junto con el resto de documentación requerida conforme a estas reglas, una copia de los poderes de la persona física que en nombre y representación de tal accionista persona jurídica confiere la representación a un tercero o ejerce el voto a distancia. Derecho de Información De conformidad con los artículos 197, 272, 287 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital y 31 de los Estatutos Sociales, a partir de la convocatoria de la Junta y hasta el séptimo día anterior al previsto para su celebración, inclusive, cualquier accionista podrá obtener de forma inmediata y gratuita la siguiente documentación que ha sido puesta a disposición de los accionistas en el domicilio social y a través de la página web de la Sociedad (www.rovi.es) y remitida asimismo a la Comisión Nacional del Mercado de Valores: - Anuncio de convocatoria. - Número total de acciones y derechos de voto en la fecha de la convocatoria. - Texto íntegro de las propuestas de acuerdos a adoptar, en su caso, por la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad en relación con cada uno de los puntos comprendidos en el Orden del Día. - Cuentas anuales individuales de la Sociedad y consolidadas de la Sociedad y sus sociedades dependientes y los informes de gestión individuales y consolidados de la Sociedad y sus sociedades dependientes, correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2011, con la propuesta de aplicación del resultado. - Informe Financiero Anual correspondiente al ejercicio 2011. - Informe de los auditores de cuentas correspondiente al ejercicio 2011 de las cuentas anuales individuales de la Sociedad y consolidadas de la Sociedad y sus sociedades dependientes. - Propuesta de modificación de los Estatutos sociales e informe de administradores justificativo de la misma. - Propuesta de modificación del Reglamento de la Junta General e informe de administradores justificativo de la misma. - Perfil profesional y biográfico de don Juan López-Belmonte López, don Enrique Castellón Leal, don Juan López- Belmonte Encina, don Javier López-Belmonte Encina y don Iván López-Belmonte Encina, consejeros cuya reelección se propone a la Junta. - Perfil profesional y biográfico de don Gonzalo Suárez Martín, consejero cuya ratificación y reelección se propone a la Junta. - Informe Anual de Gobierno Corporativo correspondiente al ejercicio 2011. - Informe explicativo sobre las materias previstas en el artículo 61 bis de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, que se anexa al Informe Anual de Gobierno Corporativo. - Informe Anual del Comité de Auditoría relativo al ejercicio 2011. - Informe anual sobre remuneraciones de los Consejeros de Laboratorios Farmacéuticos Rovi, Sociedad Anónima, en virtud de lo previsto en el artículo 61 ter de la Ley del Mercado de Valores, que se someterá a votación de la Junta General de Accionistas, como punto separado del Orden del Día, y con carácter consultivo. - Reglamento del Consejo de Administración e informe de administradores justificativo de las modificaciones del mismo. - Modelo de tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia. Desde el mismo día de publicación de la convocatoria de la Junta General y hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta, inclusive, los accionistas podrán solicitar del Consejo de Administración, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes. Además, con la misma antelación y forma, los accionistas podrán solicitar informaciones o aclaraciones o formular preguntas por escrito acerca de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca de los informes de auditor antes referidos. El Consejo de Administración estará obligado a facilitar por escrito la información solicitada hasta el día de la celebración de la Junta General. Las solicitudes de información podrán realizarse mediante la entrega de la petición en el domicilio social; mediante su envío a la Sociedad por correspondencia postal a la dirección de correo Laboratorios Farmacéuticos Rovi, Sociedad Anónima, Junta General, Julián Camarillo, 35, 28037 Madrid; o mediante comunicación electrónica a distancia a través de la página web de ROVI (www.rovi.es) en el lugar establecido al efecto. Serán admitidas como tales aquellas peticiones en las que el documento electrónico en cuya virtud se solicita la información, incorpore la firma electrónica legalmente reconocida del accionista, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, siempre que estén basadas en un certificado electrónico reconocido respecto del cual no conste su revocación y que (i) sea un Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o (ii) se halle incorporado al Documento Nacional de Identidad Electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica. Cualquiera que sea el medio que se emplee para la emisión de las solicitudes de información, la petición del accionista deberá incluir su nombre y apellidos, acreditando las acciones de las que es titular, mediante copia de la tarjeta de asistencia o certificado de legitimación, con objeto de que esta información sea cotejada con la relación de accionistas y el número de acciones a su nombre facilitada por IBERCLEAR, para la Junta General de que se trate. Corresponderá al accionista la prueba del envío de la solicitud a la Sociedad en forma y plazo. La página web de la Sociedad detallará las explicaciones pertinentes para el ejercicio del derecho de información del accionista en los términos previstos en la normativa aplicable. Las peticiones de información se contestarán, una vez comprobada la identidad y condición de accionista del solicitante, antes de la Junta General de accionistas. Los administradores están obligados a facilitar la información por escrito, hasta el día de celebración de la Junta General, salvo en los casos en que: (a) la publicidad de los datos solicitados pueda perjudicar, a juicio del Presidente, los intereses sociales; (b) la petición de información o aclaración no se refiera a asuntos comprendidos en el Orden del Día ni a la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General; (c) la petición de información o aclaración solicitada merezca la consideración de abusiva, entendiéndose por tal la que esté relacionada con información (i) que haya estado o esté sujeta a algún procedimiento judicial o administrativo sancionador, (ii) que esté protegida por el secreto comercial, industrial, de la propiedad industrial o intelectual, (iii) que afecte a la confidencialidad de datos y expedientes de carácter personal, (iv) cuya divulgación esté prohibida por un compromiso de confidencialidad asumido por la Sociedad, (v) que verse sobre cualquier otra materia que a juicio motivado del Presidente pudiera ser considerada abusiva sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 197 de la Ley de Sociedades de Capital; (d) con anterioridad a la formulación de la pregunta, la información solicitada está clara y directamente disponible para todos los accionistas en la página web de la Sociedad bajo el formato pregunta-respuesta; o (e) así resulte de disposiciones legales o reglamentarias o de resoluciones judiciales. No obstante, la excepción indicada en el inciso (a) anterior no procederá cuando la solicitud esté apoyada por accionistas que representen, al menos, la cuarta parte del capital social. Las peticiones de información se contestarán una vez comprobada la identidad y condición de accionista del solicitante, antes de la Junta General de Accionistas a través del mismo medio en que se formularon, a menos que el accionista señale al efecto otro distinto. En todo caso, los administradores podrán cursar la información en cuestión a través de correo certificado con acuse de recibo o burofax. Foro Electrónico de Accionistas De acuerdo con el artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital y en los términos referidos en el mismo, con el fin de facilitar la comunicación de los accionistas con carácter previo a la celebración de la Junta General, se habilitará un Foro Electrónico de Accionistas en la página web de la Sociedad, al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias que al amparo de lo previsto en dicho artículo puedan constituir. En el Foro podrán publicarse propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día anunciado en la convocatoria, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la Ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria. Intervención de Notario en la Junta De conformidad con lo establecido en el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital, el Consejo de Administración ha acordado requerir la asistencia de Notario a los efectos de que proceda a levantar Acta de la Junta. Otra Información de Interés para los Accionistas Se hace constar que es muy probable que, la Junta General de Accionistas se celebre en primera convocatoria, es decir, el día 13 de junio de 2012 en el lugar y hora antes indicados. Toda la información y documentación de la Junta General de accionistas se encuentra también a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad (www.rovi.es). Los datos de carácter personal que los accionistas faciliten a la Sociedad para el ejercicio o delegación de sus derechos de asistencia y voto en la Junta General o que sean facilitados a estos efectos por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas o custodiadas sus acciones o por la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta, IBERCLEAR, serán tratados por la Sociedad con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente en lo relativo a la convocatoria y celebración de la Junta General. A estos efectos, los datos se incorporarán a ficheros cuyo responsable es Laboratorios Farmacéuticos Rovi, Sociedad Anónima. El titular de los datos tendrá, en todo caso y cuando resulte legalmente procedente, derecho de acceso, rectificación, oposición o cancelación de los datos recogidos por Laboratorios Farmacéuticos Rovi, Sociedad Anónima. Dichos derechos podrán ser ejercidos, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, dirigiendo un escrito a Laboratorios Farmacéuticos Rovi, Sociedad Anónima, calle Julián Camarillo, número 35, 28037 Madrid, adjuntando fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte. En caso de que en la tarjeta de asistencia o delegación se incluyan datos de carácter personal referentes a personas físicas distintas del titular, el accionista deberá informarles de los extremos contenidos en los párrafos anteriores y cumplir con cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de los datos personales a la Sociedad, sin que la Sociedad deba realizar ninguna actuación adicional.

Madrid, 25 de abril de 2012.- El Presidente del Consejo de Administración y Consejero Delegado, don Juan López-Belmonte López.

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