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Documento BORME-C-2012-7765

AUTOS COLONIA, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 73, páginas 8275 a 8275 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2012-7765

TEXTO

Edicto Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca Juicio convocatoria de Junta General de Accionistas 646/2011. Parte demandante: Francisco Mulet Pons. Parte demandada: Autos Colonia, S.L. En virtud de lo acordado en lo autos de referencia, de conformidad con lo acordado en resolución de fecha 8 de marzo del 2012, por el presente se convoca junta general extraordinaria de la sociedad Autos Colonia, SL que tendrá lugar el próximo día 7 de mayo del 2012, a las 12,00 horas, bajo la presidencia del letrado D. Miguel Ángel Pou Gelabert, actuando como secretario D. Francisco Mulet. Dicho acto tendrá lugar en el domicilio social de la sociedad, sito en la Avenida Primavera, nº7 de la Colonia de Sant Jordi; y con el orden del día fijado por el solicitante, esto es:

Orden del día

Primero.- Censura y, en su caso, aprobación o rechazo de la gestión social; examen y aprobación en su caso de las cuentas anuales del ejercicio 2010; y resolver sobre la aplicación del resultado del citado ejercicio, cerrado a 31 de diciembre de 2010.

Segundo.- Aprobación, en su caso, de instrucciones a la administradora social para que, con carácter imperativo, sean seguidos por la misma, tales como: a) contratación de todos y cada uno de los empleados de la empresa conforme a la legislación aplicable; b) enumerar todos y cada uno de los contratos de alquiler de coches que se celebren de manera correlativa, c) no cargar gastos particulares de la administradora y sus familiares a la cuenta de la sociedad; d) justificación con soporte documental de todos y cada uno de los cobros y pagos que haga la empresa.

Tercero.- Aprobación, en su caso, del ejercicio de acción social de responsabilidad contra la administradora por los daños causados en el patrimonio de la sociedad a causa de las actuaciones realizadas incumpliendo los deberes inherentes a su cargo, como las referidas en el apartado anterior.

Cuarto.- Aprobación, en su caso, de la separación o cese de la administradora única y nombramiento de nuevo administrador.

Quinto.- Nombramiento de un auditor de cuentas por el periodo mínimo de tres años para que revise las cuentas anuales y el informe de gestión, siendo el primer ejercicio a auditar el de 2011.

Palma de Mallorca, 9 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.

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