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Documento BORME-C-2006-136042

ESTO ES ONO, S. A. U. (Sociedad absorbente) CABLEUROPA, S. A. U. INDUSTRIAS TORMEC, S. L. U. NETCO REDES, S. A. U. XARXA CINET, S. A. U. LANZAROTE DE CABLE, S. A. U. (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 136, páginas 23034 a 23035 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-136042

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el accionista único de Esto es Ono, Sociedad Anónima Unipersonal con fecha 29 de junio de 2006, y los socios únicos de Cableuropa Sociedad Anónima Unipersonal, Industrias Tormec, Sociedad Limitada Unipersonal, Netco Redes, Sociedad Anónima Unipersonal, Xarxa Cinet, Sociedad Anónima Unipersonal, y Lanzarote de Cable Sociedad Anónima Unipersonal, en esa misma fecha, decidieron, tras aprobar el proyecto de fusión por absorción impropia e inversa emitido y suscrito por los administradores de las citadas sociedades y sus respectivos balances de fusión, aprobar la fusión de Esto es Ono, Sociedad Anónima Unipersonal con Cableuropa Sociedad Anónima Unipersonal, Industrias Tormec, Sociedad Limitada Unipersonal, Netco Redes, Sociedad Anónima Unipersonal, Xarxa Cinet, Sociedad Anónima Unipersonal, y Lanzarote de Cable, Sociedad Anónima Unipersonal, mediante la absorción de las cinco últimas sociedades por la primera de ellas, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y el traspaso en bloque de sus respectivos patrimonios en favor de la sociedad absorbente, como sucesora universal de todos los elementos de los activos y pasivos de las sociedades absorbidas que, en consecuencia, queda subrogada en todos los derechos y obligaciones de aquéllas, en los términos establecidos en el proyecto de fusión por absorción depositado en los Registros Mercantiles de Madrid, Barcelona y Lanzarote, y todo ello conforme al procedimiento de fusión regulado por la Sección Segunda del Capítulo VIII de la Ley de Sociedades Anónimas y la especialidad contemplada en el artículo 250 de dicha Ley, por tratarse de una fusión simplificada al ser Esto es Ono, Sociedad Anónima Unipersonal titular de la totalidad de las acciones que representan el capital de las últimas cuatro sociedades absorbidas y por estar participada íntegramente por Cableuropa, Sociedad Anónima Unipersonal, también absorbida, razón por la que, a título universal y sin liquidación de esta última, las acciones representativas del capital de Esto es Ono, Sociedad Anónima Unipersonal de Cableuropa, Sociedad Anónima Unipersonal, que se extingue, se atribuyen directamente, tras la fusión, al accionista único de esta última sociedad. Se hace constar de forma expresa el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los balances de la fusión.

Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores de las sociedades que participan en la misma en los términos previstos en dicho artículo.

En Madrid, a 6 de julio de 2006.-Secretaria del Consejo de Administración de Cableuropa Sociedad Anónima Unipersonal, María Consuelo Roger Rull, Juan Luis Delgado Domínguez, Secretario del Consejo de Administracion de Esto es Ono Sociedad Anónima Unipersonal, Netco Redes Sociedad Anónima Unipersonal, Industrias Tormec Sociedad Limitada Unipersonal, Xarxa Cinet Sociedad Anónima Unipersonal y Lanzarote de Cable Sociedad Anónima Unipersonal.-43.554. y 3.ª 19-7-2006

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