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Documento BORME-C-2006-122017

COMPAÑÍA DE SEGUROS ADESLAS, S. A. (Sociedad absorbente) INISAS COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S. A. Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 122, páginas 21050 a 21050 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-122017

TEXTO

Se hace saber que las Juntas generales ordinarias de «Compañía de Seguros Adeslas, Sociedad Anónima» e «Inisas Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», celebradas el día 21 de junio de 2006, han adoptados los siguientes acuerdos:

Aprobar la fusión de «Compañía de Seguros Adeslas, Sociedad Anónima», sociedad absorbente, y su filial íntegramente participada «Inisas Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», sobre la base del proyecto de fusión redactado y suscrito por los Administradores de ambas sociedades, depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 11 de abril de 2006.

La sociedad absorbente adquiere el patrimonio de su filial, que quedará disuelta sin liquidación, sobre la base del Balance de fusión cerrado el día 31 de diciembre de 2005, cuyos Activos y Pasivos pasan globalmente a la absorbente, quedando ésta subrogada a título universal en todos los derechos y obligaciones de aquella. Las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de «Compañía de Seguros Adeslas, Sociedad Anónima» a partir del día 1 de enero de 2005. No se conceden ventajas a los Administradores. No existen derechos especiales distintos de las acciones en la sociedad absorbida. Es de aplicación lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas sobre fusiones simplificadas. Los accionistas y acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión. Los acreedores podrán ejercitar su derecho de oposición en los términos previstos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

La eficacia de esta fusión está condicionada a la previa autorización del Ministro de Economía y Hacienda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.

Madrid, 23 de junio de 2006.-Secretario del Consejo de Administración de Compañía de Seguros Adeslas, Sociedad Anónima, Teótimo Sáez Zazo.-Administrador solidario de Inisas Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima, Enrique Carlos Abad Ojeda.-40.508. 2.ª 28-6-2006

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