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Documento BORME-C-2004-8028

CIBEST, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Cedente) SGS TECNOS, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal (Cesionario)

Publicado en:
«BORME» núm. 8, páginas 1387 a 1387 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-8028

TEXTO

Cesión global del activo y del pasivo En la Junta General de Señores Socios, celebrada en su domicilio social el día 2 de enero de 2004, se adoptaron por unanimidad, entre otros, los siguientes acuerdos: Aprobar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 246 del Reglamento del Registro Mercantil, la disolución sin liquidación de la Sociedad, con cesión global del activo y pasivo resultantes de su balance, al Socio Único "SGS Tecnos, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal)", quien, encontrándose presente en este acto, acepta y adquiere, con subrogación a título universal en todos los derechos y obligaciones de la sociedad cedente disuelta.

En consecuencia, queda disuelta sin liquidación la Sociedad "Cibest, Sociedad Limitada" (Sociedad Unipersonal), con cesión global de sus activos y pasivos al socio único, la mercantil "SGS Tecnos, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal)" con arreglo al siguiente detalle: El Socio único de la Sociedad, la entidad mercantil "SGS Tecnos, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal)", con domicilio en Madrid, calle Trespaderne 29, con C.I.F. A-28345577, acepta y adquiere la cesión global de activos y pasivos de la mercantil "Cibest, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal)", efectuada a su favor, subrogándose a título universal en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad cedente disuelta.

Considerar la fecha de la celebración de la presente Junta General Extraordinaria y Universal, esto es, el día 2 de enero de 2004, como fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad cedente se entienden realizadas a efectos contables por la sociedad cesionaria, "SGS Tecnos, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal)." Se hace constar el derecho que asiste tanto a los acreedores de la Sociedad cedente como de la cesionaria a obtener el texto íntegro del acuerdo de cesión, así como a oponerse a la cesión en el plazo de un mes.

Madrid, 2 de enero de 2004.-El Secretario del Consejo de Administración, Don Diego Llavero Rivera.-491.

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