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Documento BORME-C-2004-43058

PREVISIÓN ESPAÑOLA, S. A. DE SEGUROS Y REASEGUROS (Sociedad absorbente) HELVETIA CERVANTES VASCO NAVARRA, S. A. DE SEGUROS Y REASEGUROS (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 43, páginas 6185 a 6185 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-43058

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de Accionistas de las sociedades Previsión Española, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, y Helvetia Cervantes Vasco Navarra, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, ambas celebradas el 1 de marzo de 2004, acordaron aprobar la fusión por absorción de Helvetia Cervantes Vasco Navarra, Sociedad Anónima, de Seguros y Reaseguros, por parte de Previsión Española, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, con disolución sin liquidación de la primera y el traspaso en bloque a la segunda de su patrimonio social a título de sucesión universal, quedando subrogada la sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida con carácter general y sin reserva ni limitación alguna.

La fusión se ha acordado en los términos del Proyecto de Fusión redactado por los Administradores de ambas entidades, tomando como base los balances de fusión cerrados a 30 de junio de 2003 y verificados por los Auditores de Cuentas de ambas sociedades, y habiendo sido puesta a disposición de los socios y representantes de los trabajadores la documentación específica señalada en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de Enero de 2004.

Asimismo, la Junta General de Accionistas de la sociedad absorbente Previsión Española, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, celebrada en la mencionada fecha, ha acordado modificar su denominación social, pasando a denominarse Helvetia Previsión, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, modificándose, consecuentemente, el artículo 2 de los Estatutos sociales.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de ambas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición a la fusión que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades, en los términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, quienes podrán ejercerlo durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, y el derecho de los socios no asistentes a la Junta General Ordinaria de la sociedad absorbente a adherirse al acuerdo de fusión en el referido plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre.

Sevilla, 2 de marzo de 2004.-El Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad absorbente Previsión Española, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.-D. Íñigo Soto García-Junco y el Secretario del Consejo de Administración de la sociedad absorbida Helvetia Cervantes Vasco Navarra, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.-D. Jozef Marie Paagman.-7.704.

1.a 3-3-2004.

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