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Documento BORME-C-2004-229040

DOMUSRENT, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 229, páginas 34898 a 34898 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-229040

TEXTO

La junta general ordinaria de accionistas celebrada el 20 de julio de 2004, acordó aumentar el capital social en la cuantía y condiciones que a continuación se indican, a los efectos de posibilitar el ejercicio por los accionistas de la sociedad de su derecho de suscripción preferente:

Primero.-Aumentar el capital social de la entidad en la cifra de 307.117,132 euros mediante la emisión y puesta en circulación de 5.110 nuevas acciones, representadas por títulos, nominativas, de igual valor nominal y contenido de los mismos derechos que las anteriores, y numeradas correlativamente del 1.251 al 6.360, ambos inclusive.

Segundo.-Las nuevas acciones se emiten por su valor nominal. Tercero.-El valor nominal de las acciones emitidas debe ser íntegramente desembolsado en el momento de la suscripción. Cuarto.-Los accionistas de la mercantil son titulares del derecho de suscripción preferente que la Ley les otorga, en la proporción que corresponda al valor nominal de las antiguas acciones. Quinto.-Los señores accionistas pueden usar de su derecho de suscripción preferente en el plazo de un mes, contado desde la publicación del anuncio de oferta de suscripción de esta emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. . Sexto.-Durante el plazo de suscripción, los accionistas pueden suscribir los títulos mediante comunicación dirigida a esta sociedad, a la que acompañará:.

a) Si se tratase de una aportación dineraria, certificación o resguardo acreditativo del ingreso del 100 por 100 del valor nominal de las acciones objeto de suscripción en la cuenta corriente que «Domusrent, Sociedad Anónima» mantiene en la entidad financiera «Santander Central Hispano», y cuyo código es el siguiente: 0049 2748 51 2714010977.

b) Si se tratase de una aportación no dineraria, descripción de los bienes o derechos objeto de la aportación, con indicación de sus datos registrales, si los tuviera, el título o concepto de la aportación, así como el valor de cada uno de ellos; así como el informe legalmente exigido, elaborado por experto/s independientes designados por el Registrador Mercantil.

Las acciones no suscritas serán ofrecidas por el órgano de administración a doña Cristina Figueras Farré, para que, en idénticas condiciones a las acordadas, proceda a su suscripción y desembolso.

Séptimo.-Caso de no ser suscrito íntegramente el aumento de capital dentro de los plazos fijados, se declarará su suscripción incompleta, quedando aumentado el capital en la cuantía de las suscripciones efectuadas, de conformidad con el artículo 161.1 la Ley de Sociedades Anónimas.

Todo lo cual se pone en público conocimiento de conformidad a lo prevenido en el artículo 158 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.

En Tossa de Mar, a 15 de noviembre de 2004.-Don Carles Coll Palou.-Administrador solidario.-53.609.

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