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Documento BORME-C-2004-133023

CANTERA SAN ISIDRO, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 133, páginas 19586 a 19586 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-133023

TEXTO

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que la Junta General Ordinaria de Accionistas de la mercantil "Cantera San Isidro, Sociedad Anónima", en reunión celebrada el día 25 de junio de 2004, acordó reducir el Capital Social de la sociedad en la cantidad de 3.750,24 euros, mediante la amortización de 624 acciones, concretamente los números del 18.987 al 19.298 y del 19.920 al 20.231, todas ellas inclusive, adquiridas a título oneroso a dos accionistas de la sociedad el día 4 de noviembre de 2003, al no haberse enajenado a un tercero, dando cumplimiento a lo ordenado por el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, y también acordó modificar, en consecuencia, el artículo 8 de Los Estatutos, que queda redactado como sigue: "El Capital Social queda fijado en ciento diecisiete mil ochocientos treinta y ocho euros y siete céntimos, representado por diecinueve mil seiscientas siete acciones de seis euros y un céntimo de valor nominal cada una, indivisibles, acumulables y transferibles sin limitación, constituidas por acciones al portador numeradas del uno al dieciocho mil novecientos ochenta y seis, ambos inclusive, y del diecinueve mil doscientos noventa y nueve al diecinueve mil novecientos diecinueve, ambos inclusive, de una única clase, que están representadas por títulos múltiples que contendrán las menciones exigidas por la vigente Ley de Sociedades Anónimas. Todas y cada una de las acciones y por tanto todo el capital social están suscritas e íntegramente desembolsadas. Cada acción dará derecho a un voto".

De conformidad con lo establecido en el artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de la sociedad podrán ejercer su derecho de oposición a la reducción del capital social en los términos y en el plazo estipulado en el mencionado precepto.

Cox a, 30 de junio de 2004.-Manuel Riquelme Riquelme, Administrador único.-35.118.

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