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Documento BORME-C-2004-128095

TÉCNICAS MEDIOAMBIENTALES TECMED, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbente) URBASER, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 18988 a 18988 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-128095

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general ordinaria de accionistas de "Técnicas Medioambientales Tecmed, Sociedad Anónima", y de "Urbaser, Sociedad Anónima", celebradas ambas con el carácter de universal en sus respectivos domicilios sociales sitos en la calle Albasanz, 16, 1.o, 28037 Madrid y San Sebastián de los Reyes (Madrid), avenida de Tenerife, 4-6, el día 30 de junio de 2004, aprobaron, por unanimidad, la fusión de las mismas, mediante la absorción por parte de "Técnicas Medioambientales Tecmed, Sociedad Anónima", de "Urbaser, Sociedad Anónima", la disolución sin liquidación de esta última y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de aquélla. Los acuerdos de fusión han sido adoptados por las citadas Juntas generales, ajustándose en todos sus términos al proyecto de fusión formulado por los Administradores de ambas sociedades el día 10 de mayo de 2004, suscrito por todos ellos, presentado en el Registro Mercantil de Madrid y practicada la correspondiente nota marginal. Se hace público, asimismo, que las referidas Juntas generales aprobaron el citado proyecto de fusión y acordaron igualmente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 239 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, considerar como Balance de fusión el Balance cerrado el 31 de diciembre de 2003, que fue aprobado en las citadas Juntas, sin que se haya producido modificación importante del activo o del pasivo de las sociedades participantes en la operación entre la fecha de la elaboración del proyecto de fusión y la celebración de las reuniones de las Juntas generales. Las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir del día 1 de enero de 2004. De acuerdo con lo previsto en el proyecto de fusión no se atribuirá ventaja alguna en la sociedad absorbente al Administrador de la sociedad absorbida, ni a experto independiente alguno.

Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el proyecto de fusión no se atribuirá ningún derecho en la sociedad absorbente a titulares de participaciones de clases especiales, ni a titulares de derechos especiales distintos de las participaciones en la sociedad absorbida, dada la inexistencia de los mismos en esta sociedad. La operación de fusión se somete al régimen de neutralidad fiscal establecida en el Capítulo VIII (artículos 83 a 96, ambos inclusive), del Título VIII del texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las dos sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los Balances de fusión. Del mismo modo, se deja expresa constancia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, del derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de oponerse a la misma, en los términos previstos en el artículo 166, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del tercer y último anuncio del acuerdo de fusión.

San Sebastián de los Reyes (Madrid), 1 de julio de 2004.-El Secretario del Consejo de Administración de "Técnicas Medioambientales Tecmed, Sociedad Anónima" y de "Urbaser, Sociedad Anónima", José Luis del Valle Pérez.-34.782.

1.a 5-7-2004.

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